• Este ajuste se aplicará a todas las empresas y evitará que las que no pueden adoptar acuerdos de refinanciación se vean inmersas en concurso.
  • Una medida con la que Rajoy quiere parar la desaparición y la quiebra de miles de empresas.
  • Se reflejan diferentes tipos de acuerdo, atendiendo a la naturaleza de la empresa: homologados para grandes y medianas e individuales para pymes.

El subsecretario de Economía y Competitividad, Miguel Temboury, ha abordado la reforma de la Ley Concursal en una entrevista con el periódico Cinco Días y ha señalado que beneficia tanto a deudores como a acreedores.

Un ajuste con el cual el Gobierno de Mariano Rajoy pretende evitar que las empresas que, antes se veían abocadas al concurso por la imposibilidad de adoptar acuerdos de refinanciación, eviten esta situación. Y es que el presidente parece que se propuso hacer algo bien a favor de las empresas y así parar la desaparición de miles de ellas. 

El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos (en la imagen), ha tenido la batuta de este asunto y ha ido dirigiendo los pasos a seguir. De esta manera las empresas solventes operativamente pueden salvarse y seguir funcionando, pese a su alto volumen de deuda.

El Real Decreto-ley que puso en marcha la reforma de la Ley Concursal se publicó en el BOE el sábado 8 de marzo y se anunció en el Consejo de Ministros anterior a esa fecha. "Queremos impedir que un problema de liquidez y de solvencia puntual obligue al cierre de un compañía porque tiene ritmos o perspectivas de crecimiento y beneficio que le hacen viable en el largo o medio plazo", comentó la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría.

Temboury señala en la entrevista que si con la reforma "se beneficia un 10% de la deuda viva, ya es un efecto muy bueno para las compañías". Esto podría ayudar a la recuperación y la evolución de nuestra economía. En la actualidad, la deuda empresarial se sitúa en el 130% del Producto Interior Bruto (PIB).

"Es una medida para todas las empresas y es la reforma del deudor y el acreedor. Es un cambio que beneficia a todos", añade el subsecretario de Economía y Competitividad. Un ajuste que permite a los acreedores tener unos balances más saneados y también favorece a los deudores, pues reciben una quita importante de sus obligaciones.

Hay que destacar que se dan diferentes tipos de acuerdo de refinanciación según la naturaleza de la empresa: homologados para las grandes y medianas con una fuerte carga financiera e individuales para las pymes. Además de estos acuerdos, se potencian las quitas y los aplazamientos de pago, así como la conversión de deuda en capital.

El Gobierno ha eliminado la obligación de un experto independiente, puesto que muchas veces solo suponía un coste y una dilatación del proceso. Además, ha modificado el Real Decreto de régimen de Ofertas Públicas de Adquisición (OPA). Así, la OPA ya no es obligatoria en procesos de capitalización.

Cristina Martín

cristina@hispanidad.com