Discrepancias entre los ministerios: Gallardón comentó este martes que no sería delito la resistencia pasiva.

El secretario de Estado de Seguridad, Ignacio Ulloa, ha confirmado este viernes en declaraciones a Punto Radio  que el Ministerio del Interior pretende conseguir que "encadenarse" por los brazos durante una manifestación con el fin de evitar ser desalojado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado pase a ser considerado como un "atentado a la autoridad", como puede ser la agresión contra un agente, aunque con una pena menor.

Sus palabras contradicen lo manifestado por Alberto Ruiz Gallardón, quien hace dos días declaró que "no será delito la resistencia pasiva". Da la impresión de que existe cierta descoordinación entre Interior y Justicia a la hora de hacer declaraciones. El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, manifestó recientemente que se pretendía modificar el Código Penal para equiparar la resistencia pasiva cuando se considere grave a los delitos de atentado contra la autoridad. ¿Quién está desautorizando a quien? Tal vez se deba sólo a un problema de descordinación sobre lo que se entiende por resistencia pasiva, pero deberían ponerse de acuerdo para definir términos. La mayor parte de los mortales piensa en Gandhi y en cadenas, o a lo sumo, en el peor  de los casos, en Tita Thyssen encadenada a un árbol en el Paseo de Recoletos. Las declaraciones de Ulloa parecen querer poner los puntos de nuevo sobre las ies en un asunto que afecta tanto al Ministerio del Interior como al de Justicia. Es un hecho conocido que Jorge Fernández y Ruiz Gallardón pertenecen a dos universos del PP totalmente distintos. Sus relaciones no son idílicas.  

El hecho de que Ulloa haya formulado estas declaraciones desautorizando a Gallardón no deja de resultar significativo. Lo cierto es que el hecho de los encadenamientos de los manifestantes por los brazos unos con otros, suponen una grave dificultad para que los agentes disuelvan las manifestaciones. 

Según ha declarado Ulloa "No estamos hablando del que meramente desobedece una orden expresa del agente de la autoridad sino de esas personas que llevan a cabo una resistencia pasiva y que en consecuencia entraña una conducta equivalente a la agresión contra el principio del orden y de autoridad que se ejercita por las fuerzas y cuerpos de seguridad y que en definitiva es el que se trata de tutelar con los delitos de atentado…"Ha señalado también que por resistencia pasiva grave no se entiende ni la huelga de brazos caídos, ni quedarse de brazos cruzados, sino a  "Gente que frente a la conducta del agente de la autoridad que le dice 'desplácese', se agarran unos  a otros e impiden el tráfico o el disfrute la vía pública para el resto en supuestos de manifestaciones que no están autorizadas…Lo que ya está bien es que determinadas personas decidan que ellos van a disponer de la calle en perjuicio de los demás. No estamos hablando simplemente de actitudes renuentes al ejercicio de la autoridad, sino de actitudes recalcitrantes, que lo que tratan es de minar efectivos y el principio de autoridad en beneficio de sus propias convicciones". Esta modificación legal es necesaria, según Ulloa, porque aparte de las dificultades que para los agentes de orden público supone desalojar a gente encadenada, hay un  "vacío interpretativo en favor del ejercicio a la libertad de reunión o de manifestación que está llevando a cabo una laxitud y una interpretación  incorrecta y que se puede rectificar".

Sara Olivo
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