Sr. Director:

Somos muchos, muchísimos, los jóvenes que, teniendo unas ideas y unas creencias claras, firmes y muy, muy arraigadas, al no pregonarlas a los cuatro vientos, parece que no existamos. Estamos aquí, los de la Generación Wojtyla, fieles a la figura de S. Pedro con nuestro nuevo, y querido Benedicto XVI.

Después de hacernos creer que el laicismo es igual a la laicidad, ahora pretenden hacernos creer que ni siquiera tenemos derecho a objetar en conciencia, algo tan básico como uno de los derechos fundamentales por excelencia, consagrado en el artículo 16.1 de la Constitución Española. Dicho artículo garantiza, clara y expresamente, la libertad religiosa e ideológica, y como consecuencia, la objeción de conciencia a cualquier acto o circunstancia que conlleve un atentado contra dichas ideas. El Tribunal Constitucional ya aceptó la objeción de conciencia para el antiguo servicio militar, y para la práctica del aborto, y que, por analogía, puede aplicarse al tema, tan debatido estos días, del matrimonio entre personas homosexuales.

Nadie va a desobedecer la ley que regula la celebración de los polémicos matrimonios por el hecho de objetar en conciencia, ya sea por motivos religiosos o ideológicos, al no permitirle dichas creencias crear una unidad familiar en la que no puedan darse ni los fines, ni los dones propios del matrimonio de manera natural. Sencillamente, no es una desobediencia a la ley, si no la aplicación de un principio normativo de rango superior y de directa aplicación, como son los derechos fundamentales y libertades públicas consagrados en la Constitución; aplicación, ya digo, permitida y reiterada por el Tribunal Constitucional, y aplicable por analogía a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo.

Nieves Mena Martín de Prado

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