El contrato del fomento del empleo será universalizado. Eso está claro. Quedará en 33 días. Pero eso no es lo relevante. Lo relevante es que se definirán las causas objetivas de despido. Hasta ahora, la ley no decía nada y era la interpretación judicial la que permitía o no acogerse a esas causas objetivas. En primer lugar, probablemente no se exigirá que la empresa lleve tres años consecutivos en pérdidas, sino que bastará con que sus ventas hayan caído de tal manera que no sea capaz de mantener su estructura de costes.
Además, probablemente se incluyan las dificultades de solvencia, no de liquidez. Es decir, compañías que en balance están saneadas, pero que se caen por los pies porque no cobran. Supuestamente son solventes, pero tienen graves problemas de liquidez debido a la morosidad de las administraciones públicas y el cierre del grifo de las entidades financieras.
Andrés Velázquez
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