- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos falla en contra de Lillian Ladele por oponerse a participar en uniones civiles del mismo sexo.
- También falla en contra de Gary McFarlane por manifestar sus dudas morales para aconsejar a parejas del mismo sexo. "El Estado tiene la obligación no sólo de abstenerse de obligar a alguien a actuar en contra de su (moral) conciencia, sino también de adoptar medidas positivas para dar cabida a esta persona", explica Profesionales por la Ética.
- Estrasburgo sólo ha amparado a una trabajadora que llevaba la cruz al cuello porque a empleados de otras confesiones religiosas se les permitía usar objetos religiosos.
Estos son sus casos: a la enfermera Shirley Chaplin, de 57 años, le prohibieron en su trabajo llevar una cruz al cuello por higiene, aunque estuvo llevando su cruz alrededor del cuello durante años en su lugar de trabajo, sin que ello suscitara problema alguno. El Tribunal de Estrasburgo ha dicho que el hospital donde trabaja tenía razón al pedirle que se quitara la cruz por razones de salud y seguridad.
En el caso de Lillian Ladele, una trabajadora del Registro Civil, ella objetó para no participar en ceremonias del mismo sexo y vio como el ayuntamiento de Islington suspendía su empleo al negarse a registrar parejas del mismo sexo por "motivos de conciencia religiosa". El Tribunal de Estrasburgo ha fallado en contra de Lillian Ladele.
Y en el caso de Gary McFarlane, que trabajaba como consejero matrimonial, fue despedido en 2008 por haber compartido con sus superiores sus dudas morales en cuanto a su capacidad personal para aconsejar a parejas del mismo sexo, al alegar que eso contravendría sus "fuertes principios cristianos". El Tribunal de Estrasburgo ha fallado en contra de Gary McFarlane.
Otra empleada que llevaba una cruz al cuello fue Nadia Eweida. Trabajaba en la línea aérea británica British Airways y le prohibieron llevar una cruz al cuello durante el horario de trabajo. El Tribunal de Estrasburgo solamente le ha dado la razón a ella porque a empleados de otras confesiones religiosas se les permitía usar objetos religiosos.
Los otros tres fallos de la Sección Cuarta han provocado una gran preocupación entre los defensores defensa de la libertad religiosa, como MasLibres.org o el European Center for Law and Justice (ECLJ, centro Europeo por la Libertad y la Justicia), cuyo director, Grégor Puppinck, espera que los casos desamparados se revisen cuanto antes a la Gran Cámara del Tribunal, según informa Profesionales por la Ética.
Lo más inaceptable de la sentencia, en opinión de Pupinck, es que considera que el despido de los empleados es proporcional a la obligación del empleador de aplicar «las políticas de igualdad y diversidad». "¿Cómo se puede considerar proporcional despedir a un trabajador cuando hubiera sido fácil para el empleador darle cabida en otros puestos o tareas", se pregunta Puppinck. La negativa de los empleadores para atender las peticiones de los trabajadores afectados es una sanción de carácter ideológico, dando a entender que no hay lugar en sus empresas para «cristianos intolerantes».
Según explica Profesionales por la Ética, es llamativo también que "el Tribunal Europeo (con excepción de dos jueces) haya ignorado la diferencia fundamental entre conciencia y religión. Así, en los casos Eweida y Chaplin la cuestión es de libertad de religión (libertad para portar símbolos religiosos en público) mientras en los de Ladele y McFarlane lo que está en juego es la libertad de conciencia (objeción de conciencia frente a la homosexualidad). Considerando que la libertad religiosa puede estar sujeta a limitaciones necesarias en una sociedad democrática (de acuerdo con el artículo 9. 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos), la libertad de conciencia no está sujeta a esta limitación. El Estado tiene la obligación no sólo a abstenerse de obligar a alguien a actuar en contra de su (moral) conciencia, sino también de adoptar medidas positivas para dar cabida a esta persona. En el caso Ladele, el Estado no sólo obligó a registrar uniones del mismo sexo, (vulnerando su obligación de respetar la conciencia individual) sino que tampoco hizo ningún esfuerzo por encontrar un acomodo laboral razonable con el fin de respetar la objeción de conciencia del empleado".
José Ángel Gutiérrez
joseangel@hispanidad.com