La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a penas de entre 8 y 13 años de prisión a tres hombres por la violación grupal a una joven con discapacidad psíquica en un parque de Orcoyen (Navarra)
El último fallo del Tribunal Supremo sobre cláusulas suelo (sentencia 205/2018, del 11 de abril), en la que se da entender que valida los pactos sobe cláusulas suelo, ha provocado un gran revuelo, sobre todo entre los clientes bancarios que acordaron una rebaja del suelo con su entidad a cambio de no acudir a los tribunales. Quédense con esto: si usted llegó a un acuerdo con el banco pero no lo firmó ante notario, tiene muchas probabilidades de ganar si acude a los tribunales.
Para entendernos: tras la sentencia del 9 de mayo de 2013 en la que el TS declaró abusivas las cláusulas suelo -ojo, no con carácter retroactivo- las entidades, ante una previsible avalancha de reclamaciones, se apresuraron a enviar cartas a los clientes sugiriéndoles rebajar su cláusula suelo a cambio de renunciar a la vía judicial. Algunos no aceptaron pero otros muchos sí lo hicieron.
La clave está en si el cliente firmó el acuerdo con el banco ante notario.
El asunto se enredó en diciembre de 2016, cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estableció la retroactividad de la medida del TS, lo que animó a muchos afectados que habían aceptado un acuerdo con su banco a acudir a los tribunales. Pero las entidades se defendieron y recurrieron: oiga, este cliente aceptó expresamente un acuerdo para rebajar su cláusula suelo a cambio de renunciar al litigio.
Ahí está la clave, porque , como explica Ignacio Ferrer-Bonsoms, del despacho Ferrer-Bonsoms & Sanjurjo, la última sentencia del TS, la que parece indicar que quien renegoció la cláusula suelo debe pagarla, en realidad no es así. Depende, como señala la propia sentencia, de “que se hayan cumplido las exigencias de transparencia” que estableció el TS en su sentencia de 2013.
En otras palabras, “si el cliente no firmó el acuerdo ante notario tiene muchas posibilidades de ganar en los tribunales”, señala Ferrer-Bonsoms. Por el contrario, si firmó de su puño y letra ante notario, es muy difícil que prospere su recurso porque el tribunal entenderá que sí conocía los términos y las consecuencias del acuerdo. Pero eso lo hizo una exigua minoría. Y en Economía tiemblan ante la posibilidad de volver al principio.