Lo explican en Economist & Jurist: "Dos años después el Supremo evidencia al Gobierno: los despidos por Covid 19 son improcedentes". Vamos, que la chulísima norma que se sacó del sombrero Yolanda Díaz por la que prohibía despedir en época de Covid no era cierta.

Así, el Tribunal Supremo se ha cargado de un plumazo el gran debate sobre el 'prohibido despedir' por causas covid y deja claro que los despidos provocados a causa de la pandemia son improcedentes y no nulos. Este fallo supone un duro golpe para Yolandísima que anunció a bombo y platillo que introduciría una reforma legal que serviría para impedir los despidos, lo que se tradujo en que los despidos serían nulos, es decir, que estaría prohibidos o incurrían en fraude, no que serían improcedentes, cuya única consecuencia es que el despedir es más caro. 

"Así, el Tribunal Supremo resuelve la controversia generada y se alinea con la gran mayoría de expertos en Derecho Laboral y las sentencias de los órganos judiciales inferiores, que alertaron que la redacción del artículo 2 del Real-Decreto 9/2020 no permitía deducir que la consecuencia fuera la nulidad, a pesar de la insistencia de los mensajes del Gobierno", señalan desde el medio. Tal precepto establece que "la fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada (...) no se pondrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido".

Solo el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco entendió que los despidos estaban prohibidos e incurrían en fraude, decisión que fue recurrida por el Despacho Garrigues, y que se resuelve con esta sentencia: aquellos despidos que contravengan el artículo 2 del Real-Decreto 9/2020 no debe calificarse como nulo, "salvo que exista previsión normativa expresa", como la vulneración de un derecho fundamental.  En resumen, qiue no se pueden prohibir los despidos.