El pasado 8 de septiembre, el Tribunal Supremo paralizó cautelarmente el voto de los nacionalizados en virtud de la ley de Memoria Democrática 20/2022 (conocida como 'Ley de nietos' en sus efectos electorales).

¿Por qué?

La citada ley posibilitaba que los descendientes de los exiliados españoles (que se exiliaron por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual) obtuvieran la nacionalidad española.

Sin embargo, una instrucción del Ministerio de Justicia del 25 de octubre de 2022 (dictada por Sofía Puente, hermana del ministro Óscar Puente) abrió el abanico de las nacionalizaciones con esta frase: «Se presumirá la condición de exiliado respecto de todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955».

Es decir, que ya no se exigía demostrar individualmente que la persona había sido perseguida o que había salido de España por motivos políticos si se podía acreditar que había salido de España durante ese periodo. En definitiva, la instrucción de Sofía Puente modificó la ley de manera sustancial sin pasar por el parlamento.

Gracias a la instrucción de Puente llegaron a pedir la nacionalidad española unas 2,5 millones de personas, de las cuales se ha concedido ya la nacionalidad a unas 544.000. La repercusión en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) es evidente.

Vox y Iustitia Europa pidieron entonces al Supremo que se suspendieran cautelarmente los efectos electorales de las inscripciones en el CERA derivadas de la aplicación de la llamada Ley de Nietos, mientras se resuelve su recurso al alto tribunal. Ambos cuestionaron la aplicación de la normativa y alertaron del riesgo de que un aumento del CERA pudiera afectar a la correcta formación del censo y a la determinación de las circunscripciones electorales. Es decir, que Vox e Iustitia Europa cuestionan que puedan ejercer el derecho de voto personas nacionalizadas al amparo de la Ley de Nietos cuando no se haya acreditado documentalmente que sus ascendientes fueron exiliados en los términos exigidos por la ley.

Y es finalmente lo que hizo el Supremo: paralizar cautelarmente el voto. El Supremo, además, pidió a la Junta Electoral Central (JEC) que ordenase a la Oficina del Censo Electoral que entregue los expedientes por los que se han inscrito en el censo electoral como consecuencia de la ley de Memoria Democrática (denominada ley de nietos). O sea, revisar los concedidos hasta el momento

La Junta Electoral Central (JEC) accedió ayer al requerimiento del Supremo, aunque con 7 votos a favor y 6 en contra, lo que da idea de la división que suscita este asunto (como todo lo que hace Sánchez).

En el fondo, lo que busca el Supremo es que se cumpla la ley, esto es, que los consulados demuestren que los nacionalizados cumplen con el requisito de ser descendientes de exiliados españoles. Y que se suspendan los efectos electorales de aquellas nacionalizaciones que no puedan demostrar el vínculo con el exilio mientras se resuelve definitivamente el procedimiento (la Sala Tercera del Alto Tribunal aún deberá dictar sentencia sobre este asunto en los próximos meses).

Aunque ello supone un trabajo ingente para la Oficina del Censo Electoral que, según El Español, ha reconocido a la Junta Electoral Central (JEC) que realiza una comprobación meramente "formal" de la declaración de arraigo que dicen tener las nuevas personas nacionalizadas con la circunscripción que eligen para votar.

No obstante, según una información de Libertad Digital, el Sanchismo lo tiene todo controlado: en un nuevo choque con el Supremo (como con el caso de los ERE de Andalucía), el TC que controla Cándido Conde Pumpido podría avalar la Ley de Nietos sanchista -o sea, el voto de los nuevos nacionalizados- avalando a su vez un recurso de amparo (presentado por el Gobierno, por la Abogacía del Estado o incluso por la Fiscalía, que tiene bemoles la copla), contra las medidas cautelares del Supremo para que puedan votar todos los nacionalizados.

Lo que es un auténtico escándalo: porque el procedimiento normal debería ser esperar a que el Supremo dicte sentencia sobre este asunto y entonces, en ese momento, presentar un recurso ante el TC por supuestamente vulnerar, por ejemplo, el derecho al voto de esas personas.

Pero ya sabemos cómo funciona el Sanchismo: trampas, triquiñuelas, etc.

Por cierto que la Abogacía General de la Comunidad de Madrid estaba analizando qué vía procesal podía utilizar la Comunidad para cuestionar la aplicación de los efectos electorales de la Ley de Nietos.

En cualquier caso, que las nacionalizaciones de exiliados españoles buscaban modificar el voto a favor del Sanchismo en unas elecciones generales está fuera de toda duda a tenor de las declaraciones como las del ministro Óscar López, insultando al Tribunal Supremo y calificando su decisión como «un atropello democrático», que proviene de «lobos solitarios» uy de jueces «salvapatrias».

En relación a la paralización cautelar que realizó el Tribunal Supremo , el presidente Pedro Sánchez apuntó ayer en una entrevista: «¿De verdad se puede suspender un derecho esencial de la ciudadanía como el derecho al voto a 400.000 españoles?».

No se puede tener más jeta. Él sabe perfectamente que es una de sus triquiñuelas (como la urna detrás de una cortina en el Congreso del PSOE) para que las elecciones del año 2027 le sean favorables.