Como recogió Hispanidad, el pasado 17 de noviembre de 2025, en Vitoria, comenzó el primer juicio en España contra personas que se encontraban rezando pacíficamente delante de un abortorio (lugar donde se ejecutan abortos, o sea, donde se mata a niños en el vientre de sus madres).

Los hechos ocurrieron entre el 28 de septiembre y el 6 de noviembre de 2022, cuando estos 21 provida de la organización ’40 Días por la vida’ se limitaron a concentrase y rezar delante del abortorio denominado Askabide. Todos ellos fueron denunciados por pacientes de ese establecimiento abortista bajo la acusación de presuntas «coacciones, intimidaciones y señalamientos».

Para estas 21 valientes personas, la Fiscalía pedía cinco meses de cárcel ó 100 días de trabajos comunitarios. Mientras que el centro abortista les pedía 20.000 euros por un supuesto «perjuicio».

La defensa, sin embargo, alegaba que las concentraciones en el exterior de la clínica abortista fueron totalmente pacíficas, porque estos provida ni obstaculizaron el paso a nadie ni increparon con hostilidad a las pacientes, tan solo mostraron pancartas con mensajes como «40 días por la vida», «no estás sola» o «rezamos por ti», algo que ha sido corroborado por varios agentes de la Policía Local y de la Ertzaintza, que han reconocido que ninguno de ellos actuó con agresividad, ni impidieron el acceso al centro, sino que se encontraron en actitud pacífica, rezando en voz baja.

Para los abogados defensores -y para el sentido común- esas acciones están amparadas por la libertad de expresión, de reunión y de conciencia.

En una primera sentencia, el Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria les absolvió tras considerar que la prueba practicada durante el juicio por estos hechos permite “descartar completamente la existencia de hostigamiento ni ambiental, ni de ninguna otra naturaleza” por parte de los acusados, recogió la nota de prensa del CGPJ.

Sin embargo, la acusación particular y la Fiscalía presentaron un recurso ante la Audiencia Provincial de Álava. Y la noticia ahora es que la Audiencia Provincial de Álava ha confirmado la sentencia absolutoria para esas 21 personas, según recoge otra nota de prensa del CGPJ.

“Este tribunal comparte el criterio de la magistrada de la instancia de que la conducta probada llevada a cabo por los acusados no puede considerarse como acoso, ni tiene la entidad suficiente como para crear un acoso ambiental”, afirma ahora la Audiencia alavesa.

En cualquier caso, lo que está en juego es el ataque a la libertad de expresión, de reunión y de conciencia efectuado durante la legislatura pasada por el Gobierno de Pedro Sánchez al aprobar en febrero de 2023 una ley impulsada por el Ministerio de Igualdad de la ultracomunista Irene Montero, que incluía en el artículo 172 Quater del Código Penal una serie de puntos de cuya interpretación puede fácilmente resultar un atentado contra las citadas libertades..

Y en esta pequeña batalla en Vitoria, ha vencido el derecho a la libertad de expresión, de reunión y de conciencia.