Sr. Director:
"Todos estamos sometidos a la ley. Las ideas personales no pueden excusarnos del cumplimiento de la ley porque, si no, nos llevaría en muchísimos temas, en este y en otros muchos, a la desobediencia civil", aseguró el ministro de Justicia.

"Allí donde no hay una ley que lo permita, estoy con el Tribunal Supremo y su sentencia sobre Educación para la Ciudadanía, no cabe la objeción de conciencia", dijo.

En la misma ocasión el ministro señaló que los 16 años marcan la mayoría de edad sanitaria en España "y en la mayoría de los países de nuestro entorno", en referencia a la posibilidad de que las menores de 16 años puedan abortar sin el consentimiento paterno, y "más allá" de la negociación que puedan llevar a cabo los grupos parlamentarios durante la tramitación del proyecto de ley. "¿Por qué no puede serlo para este tipo de prácticas si lo es para otro?", se ha preguntado el ministro, señalando a continuación que "la confianza no la sustituye el derecho".

"El derecho regula el matrimonio, no regula el amor. El derecho regula las relaciones de familia, no la confianza entre los miembros de la familia". Cierto, pero cabe también la pregunta ¿Puede el derecho regular la condena a muerte de un inocente? Más, en un país en el que ni siquiera se considera la existencia de la pena de muerte. ¿Se puede obligar a un médico a ser verdugo en un país que no existe la pena de muerte? Y ¿aunque exista, tampoco cabe la objeción de conciencia?

Xus D Madrid

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