Hay que cotizar por ellas y hacer nóminas aunque sólo trabajen una hora a la semana

Dentro de dos semanas, concretamente el próximo 30 de junio, vence el plazo para adaptar a la nueva normativa la situación de las personas empleadas del hogar, en cumplimiento de la controvertida legislación aprobada a finales de 2011, para ordenar la relación laboral de este colectivo. La medida, instaurada por el gobierno socialista, le ha servido a los mandatarios para  registrar, por ejemplo, un buen dato en el pasado mes de mayo, cuando el número de afiliaciones a la seguridad social se incrementó en 92.937 personas. Sin embargo, muchas han sido también las que han perdido su trabajo ante las complicaciones burocráticas que supone para los empleadores y el aumento de los costes en tiempos de crisis.
Así, por ejemplo, un ama de casa que cuente con los servicios por horas de una asistenta a 12 euros la hora, tres horas a la semana, tiene que pagar 28,50 euros al mes; amén de los 5,44 euros que se le descuentan a la trabajadora, que antes cotizaba en el régimen de empleadas del hogar. Tendrá que emitir nóminas todos los meses. Muchas personas no saben hacerlo. El coste en algunas gestorías puede ser de unos cien euros por dar de alta al trabajador/trabajadora y 15 por hacer la nómina todos los meses. Algunos empleadores han descontado de los emolumentos brutos de la empleada del hogar los costes derivados de la nueva ley o han optado por recurrir a empresas intermediarias de limpieza para ahorrarse complicaciones.
Según datos recogidos por Ribé Salat Consulting y Asesoría entre enero y abril de este año, y como consecuencia de este cambio legislativo, ya se han registrado cerca de 72.000 altas en el nuevo Sistema de empleados del hogar.
Entre otros cambios, la nueva regulación prevé que el empleador deberá formalizar por escrito la relación laboral con su empleado, si la prestación tiene una duración igual o superior a 4 semanas. Además, se establece un periodo de prueba por escrito que no excederá de 2 meses; que la nueva legislación establece un máximo de 40 horas semanales de trabajo y 36 horas consecutivas de descanso; que el empleado del hogar tiene derecho a 30 días anuales de vacaciones, de los que 15 consecutivos, o que el sueldo pactado no podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), además de abonarse dos pagas extras al año, garantizándose el SMI en el cómputo anual.

Sara Olivo

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