En junio se cumplirán dos años desde que la eutanasia es ley en España, en el primer aniversario de la legalización la ministra de SanidadCarolina Darias, hacía balance y aseguraba que la "emoción se palpa a flor de piel”. Sí, estaba hablando de matar al débil o al enfermo. Se calcula que en España ya van unas 300 eutanasias en este tiempo, y subiendo...

La ley fue recurrida en el Constitucional, ya se sabe quién manda en el Tribunal, y esta semana el Pleno debatía el recurso interpuesto por Vox. La ponencia la estaba elaborando el magistrado Ramón Sáez y, al igual que pasó con el aborto, se filtró hace unos días el borrador en el que previsiblemente se apoyaría la ley de Sánchez.

Dicho y hecho. Hoy miércoles 22 de marzo el Constitucional se ha pronunciado y en España el derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte natural se vuelve a ver de nuevo ultrajado y la eutanasia se declara constitucional. 

"La decisión libre y consciente de poner fin a la propia vida constituye una expresión de la autonomía personal que le es inherente", señalaba el magistrado. Además, añade que no existe "una prohibición constitucional de suicidio". 

Y aquí viene lo mejor: el artículo 15 de la Constitución que explica el derecho a la vida "no permite atribuir al derecho a la vida un valor absoluto, ni que imponga al Estado un deber de protección individual que implique un paradójico deber de vivir, ni impide el reconocimiento constitucional de la facultad de la persona de decidir de manera autónoma sobre la propia muerte", y añade "La tesis absolutizadora de la vida -y su necesario corolario de una obligación de mantenerse con vida- no es compatible con la Constitución". Han leído bien, la vida no es un derecho absoluto, se ve que es relativo, y cuidado aquí porque la tesis del derecho a la vida es incompatible con la Constitución. ¡Toma ya!

Han anunciado votos particulares discrepantes los magistrados Enrique Arnaldo Alcubilla y Concepción Espejel Jorquera por entender que la sentencia excede el alcance y los límites del control que corresponde al Tribunal; al crear ex novo lo que viene a denominar “derecho fundamental de autodeterminación respecto de la propia muerte en contexto eutanásico”. Igualmente ambos magistrados objetan la calidad de la norma, que contiene múltiples imprecisiones en varios preceptos que afectan al juicio de proporcionalidad desde la perspectiva de la prohibición de la inexistencia o insuficiencia de protección, de un lado, y de las garantías de la decisión libre, consciente y auténtica.

Por lo que el Tribunal Constitucional "avala" por mayoría la eutanasia y reconoce "un derecho de autodeterminación para decidir de manera libre, informada y consciente el modo y momento de morir en situaciones medicamente contrastadas de enfermedad terminal o gravemente incapacitante". 

En Hispanidad ya hemos hablado del camino que han seguido las otras seis 'democracias avanzadas' que aprobaron la eutanasia antes que nosotros, ¿cuánto tardarán los sociopodemitas en poner en marcha esa segunda etapa de la eutanasia? En la que ya no es el enfermo, sino que se termina aplicando sin restricciones, a cualquier persona e incluso en contra de su voluntad, y de manera especial a los más débiles y vulnerables: enfermos mentales, ancianos, discapacitados sobre todo intelectuales y niños. 

Además, el que quiera morir que se tire por el balcón, así no implica a terceros.