- Sigue pendiente, eso sí, qué garantía se dará a los inversores en cualquier tipo de producto.
- Y de paso, la distinción, nada clara, entre depositantes e inversores.
- Por ejemplo, ¿los preferentistas son ahorradores o inversores
- Y el Ecofin aclara ideas sobre la paralizada Tasa Tobin: de entrada, los derivados. Es lo lógico.
La Comisión Europea unifica criterios y ratifica la decisión más importante respecto a posibles quiebras bancarias, que hoy día parecen más probables que posibles. La primera y más importante: ¿Cuánto dinero de un depósito bancario está dispuesto a asegurar los poderes públicos, sean europeos o nacionales, sea a través del erario público o a través de los fondos de garantías de depósitos dotados por los propios bancos, por cada depositante
La cifra de 100.000 euros por depositante y entidad, vigentes en varios países de la UE, se impone para el conjunto de la Unión. No está mal, porque quien posea más de 100.000 euros en líquido, una vez cubiertas sus necesidades, es porque no pasa apuros a fin de mes.
Eso sí, la cuestión de fondo radica en distinguir entre depositantes o inversores o, si lo prefieren, entre ahorradores e inversores. Tomen el ejemplo de los preferentistas españoles. En todas sus pancartas reiteran que ellos no son inversores sino ahorradores, es decir, asimilables a depositantes. Pero no es verdad, ellos no recibían, o iban a recibir, el 0,1% de una cuenta corriente, sino el 4,5, 6 ó 7%. Por tanto, eran inversores que arriesgaron su dinero y lo perdieron.
Eso sí, cosa distinta es que el banco, como ocurrió en muchas ocasiones, les hubiese engañado, o no informado, sobre las características de las preferentes. Pero las participaciones preferentes eran un producto de inversión, no un depósito bancario.
O, en sentido contrario pero en la misma línea, ¿qué ocurre con los depósitos de alta remuneración Está claro que la frontera no está en el nombre, sino en eso, en la remuneración.
Por otra parte, nos encontramos con la Tasa Tobin. Estaba relegada pero la Unión ha dado un paso al frente durante el último Ecofin y ahora se plantea a qué productos bancarios hay que aplicar esa tesis.
Y no se lo van a creer pero en Europa ha cundido el sentido común. No tiene ningún objeto gravar todo tipo de productos bancarios sino aquellos que resultan especulativos. Y resulta que Europa quiere gravar los derivados, especialmente titulizaciones y otros productos estructurados. Eso estaría muy requetebién. De hecho, James Tobin no propuso gravar sino el mercado de divisas, uno de los mercados financieros más especulativos y que menos sirven al bien común.
A ver si va a resultar que Europa va por el buen camino.
Eulogio López
eulogio@hispanidad.com