Cuidar y reforzar la seguridad de las operaciones online, sí, pero sin descuidar la seguridad presencial
El BBVA ha sido sancionado con 70.000 euros por entregar a otra persona los 9.400 euros que tenía una clienta en su cuenta corriente, sin verificar la identidad de la misma, que lo hizo de manera presencial, en ventanilla de una de las oficinas del banco.
Todo comenzó cuando la clienta de la entidad perdió el DNI durante sus vacaciones en Italia donde, por cierto, el BBVA está presente, aunque sólo en formato digital. Lo denunció en una comisaría de Venecia, pero fue dos meses después, ya de vuelta a España, cuando se dio cuenta que alguien había vaciado su cuenta del BBVA, según Economist & Jurist. Denunció el hecho a la policía y le reclamó el dinero al banco, por entregarlo a una tercera persona sin su autorización ni consentimiento.
La entidad le reintegró todo el dinero, pero se negó, como solicitó la clienta, a indemnizarla con un 20% de la cuantía sustraída como compensación por daños morales. Estos, según el banco, debían estar acreditados por la víctima y tener una base objetiva. Al final pagó.
Utilizar la identidad de otra persona es un engaño muy antiguo que actualmente, con la digitalización, ha adquirido especial relevancia y con razón. Porque relacionarlos en remoto y con una máquina no es lo mismo que hacerlo de manera presencial con otra persona de carne y hueso que, además, nos conoce.
Ahora bien, se puede dar la circunstancia, como en el caso que nos ocupa, que se refuercen mucho las medidas de seguridad en internet, pero se descuiden las presenciales hasta el punto de no comprobar si el DNI presentado en ventanilla para sacar 9.400 euros se corresponde realmente con la persona allí presente.