Hace unas semanas, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) emitió su primer laudo favorable a España. Una gran noticia, sin embargo, lo más significativo es que con dicho fallo, y también por primera vez, el organismo de arbitraje del Banco Mundial ha dado el visto bueno a la reforma Soria (concretamente a todas las medidas contempladas entre 2012, 2013 y 2014).

Las razones se encuentran en una norma recogida en el Tratado de la Carta de la Energía, un acuerdo internacional firmado por varios países en 1994, norma que exige un tratamiento justo y equitativo a todos los inversores en un Estado firmante. Las demandantes en el citado fallo (entre ellas, Stadtwerke München, una empresa pública de electricidad de la ciudad alemana de Múnich) alegaron que no se les había dado este trato justo y equitativo porque se les había prometido una rentabilidad y finalmente se les dio otra. Pero el CIADI ha señalado que dicha norma no obliga a un Estado a que su legislación sea inmutable: esta puede cambiar de forma proporcional y previsible.

El Tratado de la Carta de la Energía exige un tratamiento justo y equitativo a todos los inversores, pero no obliga a un Estado a que su legislación sea inmutable

Es más, el citado organismo ha recalcado que el cambio de legislación fue en defensa del interés público y en circunstancias extraordinarias. Y es que la reforma Soria se hizo por motivos de proporcionalidad, sentido común y de necesidad de interés público que la justificaban, como por ejemplo, para no disparar más el elevadísimo déficit de tarifa creado por el Gobierno Zapatero y sus famosas primas a las renovables. Por tanto, el CIADI ha considerado que la reducción de la rentabilidad de las renovables, que acometió el Ejecutivo Rajoy, no fue ninguna ilegalidad.

Esto siembra un precedente importante a favor de España, y además, las demandantes han sido condenadas a pagar todas las costas, lo que podría dejar ver algo de falta de verosimilitud en su reclamación. Pero esto no significa que todos los fallos del CIADI vayan a ser favorables a nuestro país a partir de ahora, de hecho acaba de recibir uno negativo: en el caso de RREEF, un fondo de inversión vinculado a Deutsche Bank, ha sido condenado a pagarle unos 60 millones de euros, pese a que en la decisión previa al dictamen final el CIADI dio la razón a España. Eso sí, conviene subrayar que la indemnización es un 13,6% inferior a la reclamada por RREEF(441 millones) tras seis años de litigio. 

El CIADI defiende que la reforma Soria se hizo en defensa del interés público y en circunstancias extraordinarias

Hasta el momento, España ha obtenido 12 laudos negativos, cuyas indemnizaciones más intereses y costas suponen el pago de unos 900 millones, cifra inferior a la reclamada (algo más de 2.000 millones). Eso sí, aún no ha pagado ninguna indemnización y no hay que olvidar que en total hay 45 arbitrajes abiertos contra España con reclamaciones que ascienden a unos 10.000 millones... aunque hasta ahora las condenas se han quedado muy por debajo de lo que pedían los demandantes.