Los vientres de alquiler constituyen otro "avance progresista"
Hace unos meses publicábamos en Hispanidad que la Sala Civil del Tribunal Supremo, máximo órgano del Poder Judicial en España, mostró su rechazo al alquiler de vientres, también llamado gestación por sustitución, y advirtió que esta práctica reduce tanto a las madres como a los bebés a “meros objetos”.
Una sentencia lógica, justa y tremenda. Considera el Supremo que la maternidad subrogada denigra a la madre de alquiler y al niño y carga sobre la 'encargante', que deberá adoptar al niño si quiere ejercer de madre.
Además, y al igual que ocurre con la fecundación in vitro (FIV), recuerda el Supremo que una persona tiene derecho a conocer sus orígenes.
Y en este sentido, se ha vuelto a pronunciar el Tribunal Supremo, informa el Observatorio de Bioética Instituto Ciencias de la Vida de la Universidad Católica de Valencia. El órgano judicial ha negado la petición de una mujer de inscribir a su hijo en el Registro Civil como propio siendo fruto de un vientre de alquiler en México.
Al parecer en 2018 la mujer solicitó la filiación del menor, pidiendo que se le reconociera como hijo biológico, y el Juzgado de Primera Instancia Nº 77 de Madrid desestimó esa demanda. La mujer recurrió y el caso se trasladó a la Audiencia Provincial de Madrid, que sí le dio la razón. No obstante, el Ministerio Fiscal recurrió la decisión y el caso pasó al Tribunal Supremo. Donde el tribunal se ha pronunciado en contra del reconocimiento del niño como biológico, al considerar que según el artículo 10 de la Ley de Técnicas de Reproducción Asistida, los contratos de los vientres de alquiler son nulos al infringir gravemente los derechos constitucionales.
Además, el análisis del contrato desveló unas condiciones abusivas y absolutamente contrarias a la dignidad humana: “Se especificaba cómo tenía que ser el parto, por cesárea, qué podía comer y beber la gestante, qué hábitos de vida debía llevar, no podía mantener relaciones sexuales, se le restringía la libertad de movimiento y de residencia, y estaba obligada a someterse a pruebas al azar sin aviso previo de detección de drogas, alcohol o tabaco según la petición de la futura madre. También atribuía a la madre comitente la decisión sobre si la madre gestante debía seguir o no con vida en caso de que sufriera alguna enfermedad o lesión potencialmente mortal”.
"En definitiva, se imponen a la gestante unas limitaciones de su autonomía personal y de su integridad física y moral incompatibles con la dignidad humana", concluye el Supremo, que considera que se trata al niño como una mercancía.
El análisis del contrato desveló unas condiciones abusivas y absolutamente contrarias a la dignidad humana: “Se especificaba cómo tenía que ser el parto, por cesárea, qué podía comer y beber la gestante, qué hábitos de vida debía llevar. También atribuía a la madre comitente la decisión sobre si la madre gestante debía seguir o no con vida en caso de que sufriera alguna enfermedad o lesión potencialmente mortal”
El Tribunal Supremo sostiene que la manera de obtener la filiación debe ser mediante la adopción, así, se salvaguarda el interés del menor y los derechos fundamentales de la madre gestante. El Supremo sugiere que la madre “podrá instar ante la Dirección General de la Familia y el Menor de la Comunidad de Madrid la tramitación de expediente de guarda o acogimiento familiar previo a la adopción del menor y, declarada la filiación por adopción, inscribir al menor en el Registro Civil con los apellidos que fueron impuestos al menor al nacer”
El Observatorio sostiene: "opinamos que la gestación subrogada es una forma de violencia contra la mujer y el niño, y debe estar prohibida tal y como ocurre en España. Además, debe de haber un endurecimiento por parte de la legislación a la hora de registrar a los niños como hijos biológicos de las mujeres que contratan estas gestaciones".
Los vientres de alquiler constituyen otro "avance progresista" que, como tantas otras iniciativas de vanguardia, supone un atentado contra la ley natural, es decir, una violación de la naturaleza. Tener hijos no es un derecho, es un don; gestarlos y criarlos... y educarlos y quererlos, es un deber.