
Llevamos tratando el caso varios meses: una mujer con trastorno límite de la personalidad y trastorno obsesivo compulsivo, que carece de movilidad completa por una lesión medular la cual se produjo en un intento de suicidio en 2022, pidió la eutanasia.
En un principio la eutanasia estaba prevista en verano del año pasado, pero Abogados Cristianos y el padre de la chica consiguieron paralizarla. Tras muchas idas y venidas, el padre ha solicitado al Tribunal Constitucional que detenga de manera cautelar la eutanasia de su hija hasta que se resuelva el recurso de amparo que ha interpuesto ante esta corte.
Esta acción judicial se produce después de que el Tribunal Supremo rechazara su recurso contra la muerte asistida de la joven. En un auto, el Supremo decidió no admitir a trámite el recurso frente a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que autorizaba la eutanasia. El Supremo no lo admitía por considerar que carecía de interés casacional.
Además de esta acción, la organización ha solicitado al Juzgado de Instrucción nº 20 de Barcelona, donde interpuso querella contra la dupla médico-jurista por presuntos delitos de prevaricación y falsedad, que adopte una medida de protección al amparo del artículo 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En concreto, pide que se requiera a los servicios públicos de salud de Cataluña para que dispensen de inmediato tratamiento psiquiátrico y psicológico especializado a Noelia.
La entidad sostiene que, según los informes incorporados a las actuaciones, la joven presenta diagnósticos como trastorno límite de la personalidad (TLP), trastorno obsesivo-compulsivo (TOC) e ideación suicida, además de antecedentes de intentos autolíticos. A juicio de Abogados Cristianos, su cuadro clínico exige una intervención terapéutica intensiva y no la tramitación acelerada de la prestación de ayuda para morir.
La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, subraya que “no se puede permitir que se aplique la eutanasia a una joven de 25 años con graves trastornos mentales sin ofrecerle antes una alternativa terapéutica real. El Estado tiene la obligación de proteger y tratar a las personas vulnerables, no de facilitar su muerte”.
Castellanos insiste en que “cuando existen ideaciones suicidas diagnosticadas, la respuesta médica y jurídica debe ser el tratamiento y el acompañamiento, no la eutanasia. Por eso pedimos al juzgado que actúe como garante de la protección de la víctima y al Tribunal Constitucional que paralice cualquier actuación que pueda acabar de forma definitiva con su vida mientras los tribunales siguen analizando el caso”.
Y razón no les falta, antecedentes hay muchos. Por ejemplo, se paralizó la primera eutanasia con la cápsula de suicido suiza: decidieron que era mejor que la mujer sea tratada por su depresión.
En cualquier caso, insistimos, Abogados Cristianos apunta bien, a esto se llega con la mentalidad eutanásica: ya no es con una enfermedad terminal o incurable, sino porque se esté cansado o deprimido. Se trata de un plano inclinado o pendiente deslizante muy difícil de parar que provoca que la vida no tenga ningún valor. Y no es la primera vez.













