Tal y como informó Hispanidad recientemente, el presidente del Gobierno de Cataluña en funciones, Pere Aragonès (ERC), ha aprobado la creación del registro de objetores para aquellos médicos y enfermeros que no quieran practicar abortos en los hospitales. 

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Esta "lista negra" será confidencial pero los directores y gerentes de los centros tendrán acceso "en el ámbito de sus competencias". La creación de estos registros es uno de los puntos que introdujo Irene Montero con su ley de aborto, obligando a los médicos a señalarse. 

La creación de estos registros es uno de los puntos que introdujo Irene Montero con su ley de aborto, obligando a los médicos a señalarse

Ante esta medida, un total de 14 asociaciones provida con presencia en Cataluña  --Corriente Social Cristiana, Acción Familiar, Asociación Católica de Propagandistas, Afadona, Apasionats per la Vida, Asociación de Jóvenes Provida, Asociación Hogar de María para la Defensa de la Maternidad y la Integridad de la Mujer, Asociación Pro Respeto a la Vida Humana Pro Vida, Deportistas por la Vida, Médicos Cristianos de Cataluña, Plataforma por la Familia, Proyecto Raquel Barcelona, RENAFER y 40 Días por la Vida Cataluña-- han pedido al Ejecutivo autonómico y al Parlament de Cataluña que "deje sin efecto el registro obligatorio de objetores de conciencia".

Para ello, han emitido la siguiente declaración: 

El gobierno en funciones de la Generalitat de Catalunya ha acordado en su última reunión de gobierno establecer un registro obligatorio de objetores de conciencia al aborto. Consideramos que, dada la importancia del tema, es una decisión que sobrepasa las competencias de mera gestión que tiene un gobierno en funciones y vulnera derechos muy importantes en nuestra vida común.

El derecho a la objeción de conciencia es un pilar fundamental en las sociedades democráticas. Está consagrado en numerosos marcos jurídicos internacionales y nacionales. El artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el artículo 9 del Convenio Europeo de Derechos Humanos garantizan la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Asimismo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha reconocido la objeción de conciencia en el contexto del servicio militar y en otras situaciones en las que los mandatos legales podrían entrar en conflicto con las convicciones personales profundas. El derecho a la protección y defensa de la vida humana engendrada frente al aborto siempre ha sido una de estas convicciones.

La objeción de conciencia es, en esencia, el ejercicio del derecho a la disidencia moral. Es un mecanismo mediante el cual los individuos pueden abstenerse de participar en acciones que contravienen sus principios éticos, religiosos o filosóficos.

Esto no solo protege la integridad moral del individuo, sino que también promueve una sociedad pluralista donde la diversidad de creencias y valores puede coexistir y ser respetada.

Este derecho permite a los individuos actuar en coherencia con sus principios éticos incluso cuando estos se oponen a mandatos legales o administrativos. En defensa de este derecho, resulta crucial oponerse a la pretendida legitimidad con la que la administración pública crea listas de objetores, ya que esta práctica vulnera derechos fundamentales y socava la confianza en las instituciones.

La creación de listas de objetores por parte de la administración pública plantea serias vulneraciones éticas y jurídicas. Estas listas, que registran individuos que ejercen su derecho a la objeción de conciencia, podrían ser utilizadas para discriminar o estigmatizar a estas personas, afectando su reputación y derechos laborales. Además, su existencia podría disuadir a individuos de ejercer este derecho por miedo a represalias.

Desde un punto de vista jurídico, la recopilación de datos sobre objetores de conciencia sin su consentimiento expreso viola el derecho a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en numerosos instrumentos legales, como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea. Este reglamento establece que cualquier procesamiento de datos personales debe cumplir con principios de legalidad, equidad y transparencia, y debe ser justificado por un propósito legítimo y necesario. No es el caso de la decisión del gobierno de la Generalitat.

La creación de este tipo de listas fomenta un ambiente de desconfianza entre los ciudadanos y la administración pública. Los individuos pueden sentir que su libertad de conciencia está siendo controlada. La salvaguardia de este derecho incluye la prohibición explícita de la creación de listas de objetores.

El gobierno de Catalunya debe fomentar una cultura de respeto hacia la diversidad de convicciones personales, asegurando que la objeción de conciencia sea vista como una expresión legítima de derechos fundamentales y no como un obstáculo al cumplimiento de deberes legales o administrativos.

En conclusión: el Gobierno de Catalunya debe proceder de forma inmediata a dejar sin efecto el acuerdo por el cual se crean listas de objetores. Las organizaciones abajo firmantes piden a los grupos parlamentarios del Parlamento recientemente constituido que adopten los acuerdos necesarios para hacer efectiva esta petición.