La cascada de condenas a los bancos por la comercialización de swaps no cesa. La última ha sido en Granada, donde el Juzgado de Primera Instancia número 13 ha condenado al BBVA a devolver 80.000 euros a una mujer dedicada a la farmacéutica.
Una vez más, el director de la sucursal del BBVA que vendió el producto admite que en los folletos publicitarios aparecía como un "seguro" ante la subida de tipos de interés y no como un contrato de permuta financiera.
El juez ha anulado el contrato por considerar que la entidad financiera incumplió su obligación de informar al cliente de los riesgos: "De haber sido informado el actor de la naturaleza real del producto financiero, de la posibilidad de perder una gran cantidad de dinero en caso de bajada del Euribor, no lo habría contratado".
Claro que el director de la sucursal no pudo explicar las condiciones del swap, ya que, según la sentencia "se ha necesitado la explicación del perito en el acto del juicio, ya que el propio director de la sucursal desconocía el método real para su cálculo".
Mariano Tomás
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