El Foro Español de la Familia, una vez que ha visto el contenido del proyecto, aprecia una falta de contenido normativo novedoso que justifique su aprobación y menos con rango de Real Decreto. La mayor parte de los preceptos del proyecto del Real Decreto son vagas remisiones a la normativa ya vigente o mera reproducción de ésta que no suponen ninguna innovación normativa.

En lo que el Real Decreto sí establece algo nuevo (separación de los datos personales y el historial clínico) no se entiende por qué si esta medida se entiende apropiada sólo se va a aplicar a los abortos y no al resto de historias clínicas de los usuarios de los servicios de salud. El Proyecto no justifica esta excepcionalidad y discriminación de ninguna manera.

Para el Presidente del Foro Español de la Familia, Benigno Blanco, "en la medida en que el proyecto pretende proteger la intimidad de las mujeres que abortan más que la del resto de usuarios de los servicios de salud, está discriminando negativamente a todos estos otros usuarios violentando así lo previsto en materia de igualdad por la Constitución. Que esto se haga a propuesta de la Ministra de Igualdad resulta especialmente llamativo, no debiera aparecer entre los Ministros proponentes de la norma pues no tiene ninguna competencia en la materia y además la norma consiste fundamentalmente en crear una desigualdad en el grado de protección de los derechos a la intimidad de los usuarios del sistema de salud".

Además, Benigno Blanco añadió que "el Real Decreto debiera regular el derecho de las usuarias a ser informadas con detalle de los riesgos y alternativas a su eventual decisión". Y apuntó que "la exposición de motivos no justifica de ninguna manera por qué pretende proteger de manera distinta los derechos constitucionales de los usuarios de los servicios de salud según soliciten un aborto u otra prestación sanitaria distinta. La total carencia de justificación hace inconstitucional este proyecto".

El real Decreto al permitir a las clínicas privadas tramitar en nombre de las mujeres que abortan, pero ocultando la identidad de estas, la financiación de la práctica del aborto impide a las Comunidades Autónomas comprobar la veracidad del número de abortos practicados abriendo así una vía a eventuales fraudes a la Hacienda Pública.

Igualmente, el Foro Español de la Familia considera que la exposición de motivos se hace una síntesis de la legislación vigente en materia de aborto que resulta engañosa e insuficiente pues olvida que en los supuestos o casos en que el Código Penal despenaliza la práctica del aborto se exigen una serie de plazos y requisitos. El Real Decreto parece olvidar que el aborto es España es un delito aunque no se imponga la correspondiente pena si concurren conjuntamente determinados supuestos, plazos y/o dictámenes.

Foro Español de la Familia

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