- Liberbank llega a caer un 12%, el Popular el 8%, el Sabadell un 6%, Caixabank un 4,5% y BBVA y Santander, 2%.
- Nadie esperaba que el Tribunal de la UE retrocediera la responsabilidad hasta el principio (2008-2009).
- El impacto en el sector es brutal porque las provisiones reconocidas eran sólo desde 2013.
- Ojo, la sentencia no es definitiva, ahora llega a los tribunales españoles y hay que dilucidar cómo se ejecuta.
El
Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este martes que los bancos deberán devolver todo el dinero cobrado de más a los clientes afectados por las
cláusulas suelo en sus hipotecas, ampliando la retroactividad hasta el principio (2008-2009), no sólo desde mayo de 2013, como había fallado el Tribunal Supremo en una sentencia previa, entre otros, contra
BBVA y
Cajamar.
La noticia supone un duro
varapalo para la banca y explica las fuertes caída del sector en bolsa, que no esperaba un fallo en ese sentido. Entre los fuertes descensos iniciales -posteriormente suavizadas- destacan la de
Liberbank, hasta un 12%, del 8,5% del
Popular, 6,5% del
Sabadell o el 4,5% de
Caixabank. BBVA y
Santander caen menos, el 2%, por el impacto menor en el conjunto de sus cuentas, teniendo en cuenta su negocio en el exterior.
No habrá, por tanto, retroactividad únicamente a partir del 9 de mayo de 2013, que era lo que el sector esperaba, sobre todo cuando el
abogado general del TUE avaló, en julio, la sentencia del Supremo español (en su opinión preliminar y no vinculante).
Según los cálculos de
Analistas Financieros Internacionales al cierre del 2016, los bancos han percibido unos 4.470 millones por la aplicación de cláusulas suelo entre 2009 y 2013. Es la cifra que se engrosaría a los 5.269 millones cobrados desde el 9 de mayo de 2013. Fecha de la sentencia del Supremo, hasta finales de 2015.
La reacción de las dos asociaciones bancarias,
AEB y
CECA, no se ha hecho de rogar. A la espera de conocer en detalle la resolución, consideran que no hay precedentes en ese sentido, que el fallo llegará ahora a los tribunales españoles y habrá que dilucidar cómo se ejecuta.
En cualquier caso, el problema está en el
significativo coste adicional que supondrá para las entidades, sobre todo teniendo las
provisiones, reconocidas sólo según la sentencia del Supremo. La lógica consecuencia está en que reconoce beneficios. Se impone un inquietante compás de espera.
Rafael Esparza