- Ojo, los tribunales deberán decidir caso por caso porque la sentencia europea no es definitiva.
- Vuelve a escena el resbaladizo criterio de la cultura financiera del cliente.
- El principal daño ha sido en la bolsa, no en las cuentas de resultados de las entidades.
La sentencia del
Tribunal de Justicia de la Unión Europea,
que obliga a los bancos a
devolver todo el dinero cobrado de más por las
cláusulas suelo en sus hipotecas,
tiene un precedente simbólico en la emisión y colocación de
acciones preferentes de las
cajas de ahorros entre los clientes. El problema, entonces, fue el de la
transparencia, la misma cuestión que vuelve a escena ahora con las cláusulas suelo.
Por eso es importante matizar que lo único que aclara la sentencia es que la
retroactividad es total en aquellos
contratos en los que las cláusulas suelo han sido declaradas nulas por falta de transparencia, lo que no quiere decir que todas las cláusulas suelo sean nulas
per se. Habrá que ver caso por caso, algo de lo que se ocuparán los tribunales españoles a la hora de aplicar la
doctrina europea.
La "falta de transparencia" ya fue tenida en cuenta por el
Tribunal Supremo en su sentencia del 9 de mayo de 2013 que se agarró a
ese argumento para declarar nulas las cláusulas. Ahora bien, limitó la retroactividad de 2013 en adelante, no desde el inicio (2008-2009), como ha dictaminado ahora el tribunal europeo.
La dimensión del problema no se queda, como en las
preferentes, en las entonces cajas, sino que afecta a todos los bancos y a un número de
clientes más elevado que los 700.000 de entonces. Pero el denominador común, en los dos casos, que se somete a debate es la falta de transparencia, que lleva aparejada el
resbaladizo criterio de la cultura financiera del cliente.
La banca introdujo esas cláusulas, consideradas ahora abusivas, en un momento en el que los tipos de interés muy por encima de los actuales,
curándose en salud ante una rebaja poco previsible fijando tope por abajo que obliga al cliente a pagar más que el interés oficial de mercado.
Sobre esas bases se acerca el nuevo
frente de discusión jurídica, que se deberá resolver en cualquier caso, con un proceso que se repite: demanda y fallo judicial. Y a partir de ahí, el banco tendrá que pagar o no.
Y es que la cultura financiera varía también según los casos. No es lo mismo, valga la comparación, un campesino que un agente de bolsa a la hora de negociar contractualmente unas
cláusulas determinadas en una hipoteca.
Los papeles están firmados por todos los clientes, suponiendo que la
letra pequeña fuera visible, pero no con la misma consciencia, a la que también se unen unas explicaciones debidas, según la
complejidad, por parte de los bancos. En suma, la pregunta que tendrá que dirimir el juez es si hubo
fraude, por falta de transparencia, o no.
A partir de la conclusión de todo el proceso es cuando se sabrá realmente, al margen de las cifras que se han dado -provisiones e impactos concretos-, la resta en las
cuentas de resultados de las entidades. No será, en cualquier caso, de paro respiratorio.
El banco más afectado por la sentencia es BBVA, y el que peor lo puede pasar, Liberbank. El principal daño, de momento, está en la penalización que han sufrido las
cotizaciones en bolsa de los bancos, aunque el susto inicial, conocida la sentencia, se ha desinflado, con sus más y su menos, durante la sesión.
Rafael Esparza