La resolución del juez Víctor Violini de la Cámara de Casación Penal -convertido en enemigo número uno por las masas-, señalaba que los protagonistas de delitos violentos no podían ser alcanzados por el beneficio de arresto domiciliario dispuesto frente a la pandemia del coronavirus. El propio magistrado dejó en claro esa posición, que fue tomada por las autoridades bonaerenses y nacionales para asegurar que solo se trataba de una medida de prevención sanitaria por el hacinamiento de las cárceles (para que no se contagiaran por el coronavirus). Sin embargo, la aparición de casos específicos, como el de los imputados por abusos sexuales Antonio Armando Di Palma y Pedro Olmos, expusieron la salida de las cárceles de toda clase de reclusos. Finalmente 156 violadores lograron la prisión domiciliaria en Buenos Aires por ser considerados dentro de los grupos de riesgo a potenciales contagios de Covid-19.

Tras la conmoción social la Suprema Corte de Justicia bonaerense aceptó ayer revisar el hábeas corpus colectivo que impulsó los pedidos de libertad y arrestos domiciliarios de cientos de presos en la provincia y que había sido concedido por la Casación bonaerense. Por lo pronto, el tribunal ordenó que se suspendan los “efectos de la decisión cuestionada” mientras estudia el caso en detalle, de los “liberados”.

Esto significa a efectos prácticos que si el tribunal de análisis del caso revoca el hábeas corpus, los detenidos que fueron beneficiados por esta decisión deberían volver a prisión. Si mantiene el fallo de Casación, todo queda como hasta ahora. Pero en el mientras tanto, la Corte suspendió los “efectos” de la decisión de la Casación, por lo que no pueden otorgarse más libertades o domiciliarias en base al fallo firmado por el juez Violini. Una esperanza en mitad de la indignación.