Sr. Director:

Hace algunas semanas he tenido conocimiento de que ese organismo iba a realizar un concurso de méritos, para cubrir más de treinta plazas interinas de auxiliar administrativo para trabajar en las oficinas del INEM de la serranía suroeste sevillana. Cual es mi sorpresa que de la noche a la mañana ya están elegidos los aspirantes a dicho concurso, sin contar tan siquiera con aquel colectivo de treinta y cinco personas, mayormente mujeres, que estuvieron trabajando de forma eventual durante doce meses como auxiliar administrativo en las oficinas del INEM.

Señor Director: ¿El haber trabajado ya en el INEM de forma eventual, excluye a una persona de por lo menos optar a ese concurso? ¿Cuáles son las directrices seguidas por ese organismo para elegir a unas personas y no a otras? ¿Por qué las personas de los pueblos donde van a cubrirse esas plazas en las oficinas del INEM, no han tenido opción a entrar en el concurso? porque le recuerdo que anterior a esta oferta de empleo, ya hubo otra en forma de interinidad, a la cual no pudo optar este colectivo por nada más y nada menos que estar trabajando en dichas oficinas del INEM.

Señor Director: ¿que cree usted que puede hacer este colectivo, para tener el derecho constitucional a optar por un puesto de trabajo? ¿o es que el principio de igualdad se lo salta su organismo a la torera? ¿o quizás tendrá algo que ver con temas políticos...?

Juan Miguel Correa Vázquez