Laura Borrás fue presidenta del Parlamento de Cataluña desde el 12 de marzo de 2021 hasta el 28 de julio de 2022. Antes, entre entre 2018 y 2019, ocupó el cargo de consejera de Cultura de la Generalidad de Cataluña. Y antes, entre los años 2013 y 2018, dirigió la Institució de les Lletres Catalanes (ILC).

En junio de 2022 fue elegida presidenta de Junts per Catalunya, pero el pasado mes de octubre dejó la presidencia del partido en manos del fugitivo de la justicia española Carles Puigdemont. 

El 30 de marzo de 2023, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) la condenó a cuatro años y medio de prisión y 13 años de inhabilitación especial para cargos públicos electivos o de gobierno por los delitos de falsedad en documento oficial y prevaricación administrativa, es decir, por adjudicar contratos a dedo a un amigo en la Institució de les Lletres Catalanes (ILC), por valor de 335.700 euros.

Como consecuencia de este proceso judicial, fue suspendida como presidenta del Parlament en julio de 2022 y perdió el acta de diputada en mayo de 2023. 

El pasado 12 de febrero, el Tribunal Supremo confirmaba la condena impuesta por el TSJC -cuatro años y medio de cárcel y otros 13 más de inhabilitación-, explicando que sus delitos “no guardan relación alguna con el proceso independentista catalán” y, por tanto, no puede acogerse a la ley de amnistía, como había pedido su abogado, Gonzalo Boye. Boye había solicitado al Supremo que se le aplicase la ley de amnistía argumentando que su clienta fue condenada por «divulgar el proyecto independentista». Pero el Supremo le respondió que su condena se debe a una contratación administrativa que «obvió la normativa», y no a una acción de gobierno que pueda enmarcarse en contexto del procés.

La noticia del día 25 es que el TSJC ha declarado firme la sentencia contra Borrás y ha iniciado los trámites para ejecutar la pena. Eso sí: en su propia sentencia de marzo de 2023, el TSJC consideraba que esa pena de cárcel de cuatro y medio -impuesta por el mismo tribunal- resultaba «desproporcionada y excesiva», porque el beneficio fue para su amigo, no para ella misma (no obtuvo «lucro personal»). Por lo que el propio TSJC proponía al Gobierno central que concediera un indulto parcial a Borràs de dos años y medio de cárcel, por lo que tras quedarse la pena en dos años, no entraría en prisión (el indulto no afectaría, eso sí, a los 13 años de inhabilitación). 

De hecho, según informan medios, es probable que este tribunal suspenda la ejecución de la condena a la espera de que el Gobierno Sánchez se pronuncie…

La pregunta es: si el TSJC consideraba desproporcionada una pena de cuatro años y medio de cárcel, ¿por qué se la impuso? 

Considerando los antecedentes de este Gobierno, no se preocupen: Laura Borrás será indultada, total o parcialmente, por Pedro Sánchez, para no volver a cabrear a don Carles Puigdemont...