Actualmente está en plena tramitación en el Congreso una modificación de la Ley de Bases del Régimen Local para permitir el voto telemático a los miembros de las corporaciones locales. Esta modificación está siendo aprovechada por los grupos parlamentarios para plantear más cambios en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Ante la desprotección del propietario por la Ley de Vivienda socio-podemita, el PP ha presentado una enmienda, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que advierten que "la ocupación ilegal de cosa inmueble no podrá dar lugar a la inscripción de los ocupantes en el padrón municipal".

Por ello, los populares consideran que la inscripción de un okupa en el padrón municipal se debe considerar "nula" y no producir ningún efecto. Así, lo que proponen los de Feijóo es que los ayuntamientos puedan dar de baja de oficio o a instancia del propietario o poseedor real legítimo las inscripciones en cuanto tuvieran conocimiento de ello.

Debemos recordar que el BOE de 2 de mayo de 2020 (en relación a una ley anterior publicada el 28 de abril de 2015), sostiene que "la inscripción padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas higiénico-sanitarias o de otra índole que afecten al domicilio". 

Por lo que el okupa que haya conseguido acceder y quedarse en una vivienda puede empadronarse en ella, una muestra más del mundo al revés que supone la okupación

Es más, para lograr el empadronamiento no es necesario ni un contrato de alquiler ni los papeles que demuestren la posesión de la vivienda, es suficiente con presentar algún docunento que acredite que se vive en un lugar concreto que se fija como residencia. A lo que hay que sumar el hecho de que una persona empadronada en una vivienda puede censar, al mismo tiempo,a las personas que viven con él. Con el empadronamiento los okupas consiguen beneficios. Primero, demuestran que viven en la vivienda. Segundo, tienen acceso a ayudas públicas que precisan de un domicilio, por ejemplo, el Ingreso Mínimo Vital. Y por último, si el okupa tiene hijos y los censa en la vivienda, se declara la situación de vulnerabilidad, por lo que no podrían ser expulsados del domicilio. 

Este absurdo legal está llevando a varios problemas en distintos puntos de España, por lo que la propuesta solucionaría muchos de ellos.