Atendiendo a lo dispuesto en el BOE: "toda persona que viva en España está obligado a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente", ya que el censo aspira a tener censados todos los ciudadanos que "residen habitualmente en un municipio y, por residencia habitual se entiende "el lugar en que la persona vive en el momento del censo, y en el que ha estado o tiene intención de permanecer por algún tiempo". 

De igual manera, el BOE de 2 de mayo de 2020 (en relación a una ley anterior publicada el 28 de abril de 2015), sostiene que "la inscripción padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas higiénico-sanitarias o de otra índole que afecten al domicilio". 

Por lo que el okupa que haya conseguido acceder y quedarse en una vivienda puede empadronarse en ella. Es más, para lograr el empadronamiento no es necesario ni un contrato de alquiler ni los papeles que demuestren la posesión de la vivienda, es suficiente con presentar algún docunento que acredite que se vive en un lugar concreto que se fija como residencia.

A lo que hay que sumar el hecho de que una persona empadronada en una vivienda puede censar, al mismo tiempo, a las personas que viven con él. Con el empadronamiento los okupas consiguen beneficios. Primero, demuestran que vivien en la vivienda. Segundo tienen acceso a ayudas públicas que precisan de un domicilio, por ejemplo, el Ingreso Mínimo Vital. Y por último, si el okupa tiene hijos y los censa en la vivienda, se declara la situación de vulnerabilidad, por lo que no podrían ser expulsados del domicilio. 

Este absurdo legal está llevando a ayuntamientos en Cataluña a ser denunciados por trabas a la hora de empadronar a okupas. La revolución del sentido común está siendo liderada por el Alcalde de Martorell, Xavier Fonollosa, de Junts per Cataluya, que en una entrevista ha considerado que la norma de empadronar okupas es "enfermiza" y ha reconocido que "Aquí no empadronamos a ocupas. No podemos dar derechos a quien comete un delito". 

“Solo empadronamos a personas que tienen un contrato de alquiler, una escritura de compraventa o la autorización del propietario para residir; en este último caso, pedimos que el propietario venga a acreditarlo”. “De un delito, como la usurpación, no pueden emanar derechos. ¡Es el mundo al revés!”, asegura el edil que critica que la “tolerancia” con la ocupación ilegal es sólo una forma de “esconder el problema del acceso a la vivienda”.

Se han sumado otras zonas como Lleida, que aseguran que acatan la ley, aunque ponen trabas. O en Salt, donde Sergi Fabri, portavoz de Vox en el Ayuntamiento, ha pedido que no se empadrone a okupas. Figueres o Ripoll parece que también ponen trabas. 

Esto les ha llevado a ser denunciados, seis vecinos okupas de Martorell han presentado un recurso ante los juzgados contencioso-administrativos contra Ayuntamiento, a través de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), por vulneración de derechos fundamentales: “La ley es muy clara al respecto. El padrón es un censo y el ayuntamiento tiene la obligación de tener una foto fidedigna de la gente que reside en el municipio. Además, es un metaderecho, es la puerta de entrada a la obtención de otros derechos como la educación o la salud”, asegura Esther Sancho, abogada de los demandantes.