Día tras días, la justicia desmiente al Gobierno. Esta semana conocimos la imputación de la expresidenta de Adif, Isabel Pardo de Vera, y ayer jueves fue el turno del hermano del Presidente. 

La jueza Beatriz Biedma acordaba la apertura de juicio oral por tráfico de influencias y prevaricación contra el investigado David Sánchez. Pese a los argumentos de la defensa, la jueza ve "claros indicios de criminalidad" en lo investigado. 

Y como no podía ser de otra forma, al más puro estilo sanchista, el hermanísimo del presidente ha contestado a la magistrada, acusando a Biedma de protagonizar un "radical cambio de criterio", por mandarlo a juicio sin esperar a que se resuelvan los recursos presentados contra su procesamiento.

"La Providencia de catorce de mayo resolvía que, tras la presentación del escrito de acusación de Manos Limpias y coadyuvantes, habría de estarse «al resultado de los recursos que se interpongan contra el Auto de Procedimiento Abreviado para acordar la resolución que proceda con respecto a la apertura del juicio oral». Quedan pendientes de tramitación y fallo los Recursos de Apelación directos formalizados por algunas de las partes -entre ellas, nada menos que el Ministerio Fiscal-, así como los planteados de manera subsidiaria a la reforma por otras, por lo que se advierte con facilidad la contradicción existente entre las dos resoluciones mencionadas", señala la defensa de Sánchez.

"Entendemos por ello que, dado que en Derecho una cosa no puede ser y no ser a la vez (por cuanto estas antinomias afectan al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y a los principios constitucionales de seguridad jurídica e intangibilidad de las decisiones jurisdiccionales), es preciso que se motive por el Juzgado de Instrucción la causa o causas provocadoras del radical cambio de criterio, que son desconocidas para esta parte, a los efectos procesales que procedan. ¿Por qué se ha dictado ese Auto, si su redacción se condicionaba a una circunstancia concreta que no se ha verificado?"

"El órgano encargado del enjuiciamiento, en su caso, de los hechos objeto de acusación no es el Juzgado de lo Penal que por turno corresponda como se dice en el Auto de apertura del Juicio Oral, sino la Audiencia Provincial de Badajoz. En efecto, al tener previsto el delito de prevaricación una pena de inhabilitación de naturaleza grave, procede que sea el Tribunal colegiado el que se encargue de esa labor procesal", añade.

Y ya estaba ahí el ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, que para Puente sabe más que un juez, para dar exactamente la misma versión, calificando como "sorprendente" la resolución: "No es nada habitual que se abra juicio oral sin esperar al criterio de la Audiencia Provincial", ha declarado a los periodistas a su llegada al Senado donde va a intervenir en la Comisión de Justicia. Bolaños se mantiene en que no hay caso, porque es una "cacería contra la familia del presidente".