Lamentablemente, el derecho al olvido sí está regulado, el derecho al silencio no.

Cada mes, en Hispanidad, que ya hemos cumplido los 30 años, recibimos un requerimiento de un señor por el que debemos retirar una opinión libremente expresada por ese señor tiempo atrás, pero, sea para no meterse en líos, sea porque ha cambiado de criterio, ahora no le gusta que aparezca.

Y no sólo tienes que retirarla de tu diario, de tu web: también tienes que retirarla de todos los buscadores que hayan recogido la información -por lo que te puedes topar con que a los Google de turno no les de la gana retirarla- y, finalmente, debes comunicar al cambiante interesado que has cumplido con todas sus ordenes.

¿A usted les parece una ley justa? A mí no.

Existe el derecho al olvido, una verdadera mentecatez y, sin embargo, miren por dónde no existe el derecho al silencio. Un hombre público o privado, es acusado de lo que sea, de una de esos nuevos delitos forzados, por ejemplo, de delito de odio, que confunde delito con pecado... y que tan sólo pretende imponer lo políticamente correcto, bajo pena de cárcel para los disidentes. 

La cosa se convierte en una calumnia aireada por los medios públicos y por las redes sociales, en los que se interpreta que quien calla otorga y que el acusado no tiene derecho al silencio: si calla es porque es culpable. 

Verbigracia, en materia de violencia de género, mismamente, en que el acusado en falso no sabe cómo reaccionar. Si se defiende, pondrá su privacidad en el mercado público y, encima, corre el riesgo de difamar al prójimo. Recordemos que, en este nuevo tipo de delitos que aireamos los medios -violencia machista, delitos de odio, pederastia- la defensa conlleva necesariamente acusación y con ello difamación. 

Sí, recuerden que calumniar es acusar de algo falsamente, pero la difamación es destrozar la buena fama de una persona, su honor, poniendo en el mercado público su vida privada... aún cuando se haga sin faltar a la verdad.      

Lo lógico es que no existiera el derecho al olvido, que se reconociera la capacidad de una persona para cambiar de opinión -no tan deprisa como Pedro Sánchez- de vez en cuando, y, al tiempo, que se protegiera, no ya la capacidad legal de una persona para responder a la acusación con el silencio, o al menos que sus declaraciones salvaguarden lo estrictamente necesario y, sobre todo, no considerar que... el que calla otorga.