Coral universitaria, auditorio de teatro, cine y audiovisual, bares, kioscos, agencias de viajes y oficinas bancarias.
He aquí algunos de los servicios que las universidades públicas brindan a sus estudiantes. No es raro que cuenten con capillas universitarias, las cuales se han topado con frontales controversias que han llegado a vergonzosos incidentes en paraninfos de gran tradición. Para la prohibición de las capillas se alegan genéricos silogismos pro-laicidad de lo público.
Cuando un aeropuerto o una universidad pública cuenta con una capilla no se convierten en "religiosos" -y menos aún en confesionales-, del mismo modo que cuando una Administración protege a una peña gastronómica no se adscribe a sus gustos culinarios, simplemente se ambiciona satisfacer más intereses de los ciudadanos y usuarios, pues son muchos los que tienen una identidad religiosa y piden esos servicios.
Es cierto que los espacios públicos "son de todos"… no "del Estado", aunque la propiedad sea estatal, por ser los espacios de todos son sus usuarios quienes le aportan un ambiente determinado; allí "todos" podrán ejercitar sus derechos con la garantía del Estado. Por ser estos espacios esencialmente plurales, su neutralidad no puede implicar una nuetralizadora asepsia que se impone a sus usuarios, sino que en ellos el Estado ejercerá de garante imparcial de las solicitudes ciudadanas legítimas que atenderá en proporción a la demanda. No se puede olvidar que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos acaba de dictaminar sobre el desagrado que supone un crucifijo en la pared de un aula que constituye una "percepción subjetiva" del demandante que no es suficiente para hablar de una violación de su libertad ideológica y de sus creencias, según la sentencia Lautsi del 18.III.2011. Con la capilla a nadie se le obliga a asumir credo alguno, ni práctica alguna.
Una decisión, por otra parte, de los poderes públicos de prohibición de las capillas universitarias, como una negativa a ceder solares para construir templos, etc., serían decisiones sin duda laico-laicistas, pero desde luego en absoluto neutras y que para nada constituyen exigencias de la aconfesionalidad estatal. (Fuente: Aceprensa).
Clemente Ferrer
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