Sr. Director:
He visto en Internet lo que puede ser la primera sentencia de un juzgado español que trata sobre el régimen de visitas de las mascotas (en este caso, un perro). La noticia podía titularse: el perro de la discordia.
Un perro de Granollers, de nombre Yako, de raza Golden Retriever, no podrá ser visitado por su antiguo dueño -al haberse divorciado y haberle tocado el perro a la ex-esposa en el reparto de bienes-. Así lo determina una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que anula otra del Juzgado de Granollers en la que Sí se daba al esposo el derecho de visitar al perro Yako. El texto completo de la sentencia está disponible en esta dirección:
Estefanía Lama
estefanialama@hotmail.com