Sra. Consejera:

He tenido conocimiento de que han decidido compensar económicamente a las mujeres que realicen una donación de óvulos con fines de investigación o para realizar técnicas de reproducción asistida. Como ustedes conocen, la Ley 45/2003 y el Real Decreto 412/1996, en su artículo 5, exige que este acto tenga un carácter voluntario, altruista, gratuito y desinteresado.

Entiendo que si una mujer cobra por realizar un acto que le suponga alguna molestia, este deja de ser altruista y desinteresado, existiendo el riesgo de que se pueda recurrir a él como una forma de conseguir dinero, lo que las empujaría a entrar en un mercado de óvulos inaceptable desde el punto de vista ético y moral.

Les pido que retiren la oferta de retribuir económicamente a las mujeres donantes de óvulos, y que se comprometan a garantizar la transparencia y la gratuidad de dicha donación, especificando las condiciones en las que se llevará a cabo, evitando así el comercio de óvulos y la explotación comercial de la mujer con este fin.

Herminda Pérez Boán

manolitamaya@terra.es