- El Artículo 50 del Tratado de Lisboa establece que la retirada de un Estado miembro se inicia buscando un acuerdo internacional entre la UE y el país.
- Bruselas quiere centrar las negociaciones en el acuerdo de retirada, pero el Gobierno May aspira a definir un acuerdo comercial bilateral.
- Si no hay acuerdo, Reino Unido quedaría a merced de las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) también para controversias.
La primera ministra británica,
Theresa May (
en la imagen), firmó ayer martes la carta con la que Reino Unido solicitará formalmente la retirada del país de la Unión Europea (UE). Está previsto que la misiva sea entregada a Tusk sobre las 13.30, hora española, por el embajador del Reino Unido en la UE, Tim Barrow, y
después May ha confirmado en el Parlamento británico el comienzo de las negociaciones sobre el "divorcio" británico.En la UE, en los Tratados anteriores al
Tratado de Lisboa no había previsto ningún procedimiento jurídico que regulara la retirada de los Estados.Pero en dicho Tratado, que entró en vigor el 1 de diciembre de 2009, se refleja por primera vez la posibilidad de que un Estado miembro se retire voluntariamente de la
Unión Europea en su artículo 50.En virtud de ese artículo, todo Estado miembro podrá decidir retirarse de la Unión de conformidad con sus normas constitucionales, recoge
Wikipedia.La retirada de un Estado miembro
se inicia buscando un acuerdo internacional entre la Unión y el Estado miembro de que se trate. El Estado miembro que decida retirarse notificará su intención al Consejo Europeo.La Unión negociará y celebrará con ese Estado un acuerdo que establecerá la forma de retirada, teniendo en cuenta el marco de sus relaciones futuras con la Unión. Este acuerdo se negociará con arreglo al artículo 218.3 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
La Comisión o el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, presentará recomendaciones al Consejo, que adoptará una decisión por la que se autorice la apertura de negociaciones y se designe al negociador o al jefe del equipo de negociación de la Unión.El Consejo celebrará el acuerdo en nombre de la Unión por mayoría cualificada, previa aprobación del
Parlamento Europeo.Si tras las negociaciones no hay un acuerdo, se produce la salida automática pasados dos años (salvo que el Consejo Europeo por unanimidad, incluyendo al estado que ha solicitado la salida, decidiera ampliar el plazo) desde que el
Estado miembro en cuestión notificara su deseo de hacerlo al Consejo.Los Tratados dejarán de aplicarse al Estado de que se trate a partir de la fecha de entrada en vigor del acuerdo de retirada o, en su defecto, a los 2 años de la notificación de retirada al Consejo Europeo.
El miembro del Consejo Europeo y del Consejo que represente al Estado miembro que se retire no participará ni en las deliberaciones ni en las decisiones del Consejo Europeo o del Consejo que le afecten, salvo en la posibilidad de ampliar el plazo de 2 años inicialmente previstos para la salida.La mayoría cualificada, se definirá como un mínimo del 72 % de los miembros del Consejo que represente a Estados miembros participantes que reúnan como mínimo el 65 % de la población de dichos estados.Si el Estado miembro que se ha retirado de la Unión solicita de nuevo la adhesión, su solicitud se someterá al mismo procedimiento establecido para cualquier otro estado que desee adherirse.Así las cosas, lo que más preocupa al Gobierno de
Theresa May es la relación comercial que, a falta de acuerdo de retirada, quedaría a merced de las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC), tanto en lo sustantivo como en la resolución pacífica de controversias.La UE quiere centrar las negociaciones
en el acuerdo de retirada, mientras que el Gobierno de May quiere aprovechar los contactos para definir ya un acuerdo comercial bilateral, según
Europa Press.
Andrés Velázquezandres@hispanidad.com