El Gobierno de Polonia ha promulgado -es decir, ya tiene rango de ley- una sentencia del Tribunal Constitucional que limita el aborto a tan sólo casos de violación, incesto o grave riesgo para la vida o la salud de la madre y lo prohíbe en caso de malformaciones fetales.

En octubre del año pasado, una sentencia del Constitucional polaco prohibió el aborto por malformaciones fetales por ser "incompatible" con la Constitución polaca y limitaba el aborto a los citados supuestos. Se basaba para ello en dos artículos de la Constitución Polaca: Artículo 30. “La dignidad inherente e inalienable de la persona constituirá fuente de libertades y derechos de las personas y los ciudadanos. Será inviolable. El respeto y protección de los mismos será obligación de los poderes públicos”. Artículo 38: “La República de Polonia garantizará la protección jurídica de la vida de todo ser humano”.

En 2019 se practicaron en Polonia alrededor de 1.110 abortos legales, de los cuales el 96% se llevaron a cabo por malformación del feto y, más en concreto, el síndrome de Down fue la justificación de más del 40% de ellos, según datos que recoge RTVE de agencias.

Es decir, que en la práctica, el supuesto de las malformaciones fetales era el coladero por el que se justificaban la inmensa mayoría de los abortos legales en Polonia.

La demanda de inconstitucionalidad fue presentada hace tres años por un grupo de parlamentarios de Ley y Justicia (PiS), el partido conservador que encabeza una coalición en Polonia y que consiguiera mayoría absoluta en ls elecciones. Los diputados alegaron que el aborto por malformación del feto es una forma de eugenesia que no respeta la dignidad humana y, por lo tanto, no podía tener cabida en la Constitución. El tribunal les dio la razón.

Se dio la circunstancia de que el fallo del Tribunal Constitucional polaco se dio a conocer el 22 de octubre, el día en que la Iglesia celebra la fiesta por San Juan Pablo II, el papa polaco

Además, se dio la circunstancia de que el fallo del Tribunal Constitucional polaco se dio a conocer el 22 de octubre, el día en que la Iglesia celebra la fiesta por San Juan Pablo II, el papa polaco.

Tras la publicación oficial de la nueva normativa, los manifestantes contra la reforma del aborto han vuelto a salir a las calles de varias ciudades del país. La principal protesta se ha convocado frente a la sede del Tribunal Constitucional de Polonia, en la capital, Varsovia. También se han convocado otras en ciudades como Cracovia, Lodz, Breslavia, Poznan y Katowice.

Cabe recordar también que, a finales de noviembre del año pasado 2020, el Parlamento europeo condenó la sentencia provida del constitucional polaco al considerarla un «retroceso de los derechos sexuales y reproductivos» de las mujeres en Polonia. Y es que el Parlamento Europeo tambiñen está a las órdenes del Nuevo Orden Mundial..

Pero Polonia, estado soberano, no tiene obligación alguna de acatar la resolución del parlamento europeo…

Así que esto es histórico para Europa y una gran noticia para la defensa de la vida de los no  nacidos. Aunque aún queda mucho camino por recorrer hasta la prohibición total del aborto, conforme a la ley natural, pues todo el mundo puede saber con su sola razón que matar a un niño en el vientre de su madre constituye un grave atentado contra la vida.

Pero ojo, en Polonia, al contrario de lo que ocurre en otros países como España, si el aborto eugenésico es el más numeroso es porque se toman muy en serio eso del "peligro para la salud psíquica o física de la madre", que en todo el mundo libre se ha convertido en el coladero para abortar a cualquier niño de cualqueir manera. Porque casos reales de peligro para la vida de la madre por un embarazo, se cuentan con los dedos de una mano y sobran más de la mitad.