Confirmada por el Tribunal Supremo la prisión permanente revisable para una madre que mató, asfixiándola, a su hija de siete años en 2018, en una localidad de Lugo. El asesinato se ha calificado como 'violencia vicaria'. 

Tal como publica El Mundo, según consta en los hechos probados el padre y la madre de la pequeña pusieron "fin a su relación y la guarda y custodia se atribuyó a la madre, con la que convivía la menor constituyéndose un régimen de visitas a favor del padre". "Ella (la madre) era conocedora de la intención del padre de la menor de modificar e incrementar legalmente el régimen de visitas, con el fin de que la niña y su padre pudiesen pasar más tiempo juntos", apunta el fallo.

El mismo recoge que la madre "tenía algún tipo de trastorno, pero el mismo no afectaba a sus facultades mentales ni a sus capacidades cognitivas o volitivas que le pudieran afectar ni para comprender la ilicitud del hecho ni a su capacidad de autocontrol y para actuar conforme a dicha comprensión". "La autora, como madre de la menor era persona que debía protegerla de cualquier mal", destaca el Supremo.

Los magistrados del Alto Tribunal aseguran que se trata de "un caso de violencia vicaria en un supuesto de crimen a su propia hija por la recurrente en la forma que consta en los hechos probados".

Así pues, la mujer habría asesinado a su hija después de saber que el padre quería incrementar el régimen de visitas para pasar más tiempo con la niña.