El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado este martes la razón al juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, al indicar que ninguna autoridad judicial de un país comunitario puede negarse a ejecutar una euroorden de detención de otro país miembro, como las emitidas contra los líderes independentistas, basándose en la falta de competencia del órgano jurisdiccional del Estado miembro que la emite, por lo que allana el camino para la entrega a España del expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont, recoge RTVE.

Según la sentencia hecha pública este martes, la justicia europea señala que Bélgica no puede rechazar la entrega de los encausados por el 'procés' reclamados para ser juzgados en España, entre ellos Puigdemont, basándose en el riesgo de que se violen sus derechos fundamentales salvo que demuestre "deficiencias sistémicas" y generalizadas en España.

También destaca que no puede poner en duda las competencias del Supremo como autoridad para emitir tales euroórdenes.

La sentencia dictada por la Gran Sala del tribunal europeo, ante la que no cabe recurso y es de obligado cumplimiento, responde a las cuestiones prejudiciales remitidas por Llarena en marzo de 2021 después de que la Justicia belga rechazara entregar al exconseller Lluis Puig por considerar que el tribunal competente para reclamar su extradición debería ser el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y que de ser entregado en España podrían ponerse en riesgo derechos fundamentales como la presunción de inocencia, añade RTVE.

Llarena acudió a la justicia europea para aclarar tanto el alcance de la emisión de las Ordenes Europeas de Detención y Entrega (OEDE) emitidas por el Tribunal Supremo contra varios encausados por su papel en el 'Procés', entre ellos el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, como las razones para denegar la ejecución de tales euroórdenes.

El TJUE también destaca que no puede poner en duda las competencias del Supremo como autoridad para emitir tales euroórdenes

No obstante, y aunque el TJUE avale a Llarena, el instructor de la causa del «procés» no podrá reactivar la OEDE por el momento, pues tal y como señalan fuentes del Tribunal Supremo «mientras mantenga la inmunidad (como europarlamentario), aunque sea de forma cautelar, no pueden tramitarse las euroordenes». Por este mismo motivo, recuerdan esas mismas fuentes, «no se tramitaban antes de la concesión del suplicatorio ni tampoco desde que el TJUE le devolvió transitoriamente la inmunidad. Estamos obligado a esperar». De ahí que, insistan, lo que esperan del tribunal europeo es que aclare «cómo hay que tramitar la OEDE, pero solo se podrá aplicar cuando pueda tramitarse» (si el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) desviste al líder soberanista catalán de su inmunidad), explica La Razón.

A diferencia de este primer pronunciamiento europeo, la decisión del TGUE no tiene fecha prevista (aunque su decisión se espera a lo largo de los próximos dos meses). Pero aunque el tribunal retirara la inmunidad a Puigdemont (que ahora la ostenta de forma cautelar desde mayo del pasado año), la defensa del expresident puede recurrir ante el TJUE (y así lo haría), lo que dilatará aun más la resolución de la controversia, añade La Razón.

En caso contrario, si el TGUE tumba el suplicatorio y ratifica la inmunidad, el expresident se plantea regresar a España, aunque si pone un pie en nuestro país será detenido en ejecución de la orden de detención nacional que Llarena mantiene en vigor. Puigdemont impulsaría entonces ante el TGUE un procedimiento de incumplimiento contra España. La partida, de nuevo, se jugaría en Europa pero entonces, seguramente, con Puigdemont en prisión, concluye La Razón.