Los dueños de inmuebles tendrán que disponer de él, antes del 1 de junio, para vender o alquilar

En un momento en el que resulta extremadamente difícil vender o alquilar un piso para cualquier propietario, fuentes del sector inmobiliario se muestran preocupadas ante la reciente medida aprobada el pasado viernes en el Consejo de Ministros  y aún no publicada en el BOE, que exige una certificación energética de los edificios que vayan a ser alquilados  a partir del próximo 1 de junio.  Aunque Fomento destine 2.421 milllones de euros ayudas a alquiler, rehabilitación y regeneración urbanas, los dueños de las casas tendrán que hacer frente a un fuerte desembolso. Y no estamos hablando de inversores inmobiliarios, muchos pequeños propietarios están con el agua al cuello y no tienen más remedio que vender, en muchos casos por no poder hacer frente a la hipoteca.

El coste de un certificado para una vivienda de entre 90 y 100 metros cuadrados es de unos 250 euros, amén de las tasas por visas que impongan las respectivas comunidades autónomas. Los informes los pueden hacer arquitectos, aparejadores, ingenieros técnicos e ingenieros industriales, que no van a dar abasto en los próximos dos meses. La norma forma parte del Plan General de la Vivienda, algunas de cuyas medidas han sido publicadas ya en el Boletín Oficial del Estado este miércoles.

Este certificado, según informa El idealista, además de la calificación energética del edificio, deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, y, en el caso de edificios existentes, documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética del edificio o de una parte de este, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los inmuebles, con el fin de favorecer la promoción de viviendas de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.

La consecución del certificado será obligatoria para alquileres con una duración superior a cuatro meses. Jorge Marco, de la Red de Certificadores Energéticos, en declaraciones a Hispanidad, ha restado dramatismo a la medida, "somos uno de los últimos países de Europa que no la ha puesto aún en práctica; en el fondo se trata sólo de una calificación que no obliga de forma implícita a la realización de obras, sino se limita a evaluar y a realizar recomendaciones sobre la reforma energética de los edificios".

En función de la calificación obtenida se pondrá una nota al edificio que va desde la A, la máxima, a la G, y que según explica Jorge Marco podrá ser puesta en los anuncios de compra y venta de pisos. Las medidas aprobadas este miercoles en el BOE señalan que para pedir subvención a las rehabilitaciones, el conjunto de actuaciones para el fomento de la calidad y sostenibilidad previsto debe contener, en todo caso, actuaciones de las incluidas en una o varias de las letras a), b) o c) anteriores, de forma que se consiga una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del edificio, referida  la certificación energética, de al menos un 30% sobre la situación previa a dichas actuaciones.

Para su justificación se podrá utilizar cualquiera de los programas informáticos reconocidos conjuntamente por los Ministerios de Fomento y de Industria, Energía y Turismo que se encuentran en el Registro General de documentos reconocidos para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Sara Olivo
sara@hispanidad.com