Nueva polémica sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que impone a Italia una sanción de 17.500 euros -contra la que aún cabe recurso– porque su legislación impide la selección genética de embriones, es decir, desechar embriones enfermos cuando se practica una inseminación artificial.
Los padres, que ya tienen otro hijo con la enfermedad, abortó a otro más al saber que también estaba enfermo. Cuando fueron a tener el tercero, por inseminación artificial, quisieron desechar desde antes de la implantación a sus hijos enfermos y quedarse solo con sus hijos sanos. Pero la ley italiana prohíbe esta posibilidad, que sí existe en España.
La vida de estos padres concuerda con el argumento del alto Tribunal, que debería hacer recapacitar a los legisladores que defienden la vida. Lo que alega la sentencia es que no tiene sentido que no se permita la selección de embriones antes de su implantación y sin embargo sí se permita el aborto en casos de enfermedad.
El error radica en pensar que, si se permite el aborto, debería permitirse la selección genética en lugar de caer en la cuenta de que, en ambos casos, hay una idea de eugenesia que acerca al nazismo y aleja de la concepción de la dignidad de la persona.
JD Mez Madrid