Diario de Pandemia. 14 meses después, el TC cuestiona la legalidad del encierro domiciliario de marzo: ¡Estamos salvados!
El Tribunal Constitucional ha abierto la vía a que los menores transexuales puedan anotar su cambio de sexo en los registros y, por tanto, reflejarlo también en el documento nacional de identidad (DNI). Los magistrados del alto tribunal acordaron este jueves anular el artículo de la legislación que restringía esta posibilidad solo a los que tuvieran más de 18 años. Eso sí, el tribunal ha limitado el alcance de su propia decisión y, según informó en un comunicado, solo podrán acogerse a esta opción los jóvenes que cuenten con la "suficiente madurez y se encuentren en una situación estable de transexualidad", informa El País.
Esta resolución -que se debe desarrollar y plasmar en una sentencia que se publicará los próximos días- llega después de muchos meses de debate en el seno del Constitucional, que ha ido retrasando su decisión hasta alcanzar un acuerdo mayoritario. De hecho, el dictamen contará con el voto en contra de dos magistrados, según fuentes del organismo, explica este medio.
El dictamen contará con el voto en contra de dos magistrados
El asunto ha aterrizado en el Constitucional procedente de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, que planteó en 2016 una cuestión de inconstitucional tras estudiar el caso de un adolescente de 14 años que "al nacer fue inscrito con sexo y nombre de mujer, pero que desde muy pequeño se sintió varón y prefirió usar un nombre masculino". Los jueces entendieron que el artículo 1 de la ley de 2007 que regula el cambio de sexo en los registros -limitándolo a "mayores de edad"- podía suponer una vulneración de varios derechos fundamentales de los menores transexuales: como la protección de su integridad física y moral; a la intimidad personal y a la propia imagen; y a la salud añade El País.
Unas dudas que este jueves corroboró el Constitucional, que consideró que dicha normativa supone una vulneración del derecho a la personalidad (que no se alcanza necesariamente a los 18 años) y a la intimidad de estos jóvenes. Por ello, según resaltaron en un comunicado, rechazan la validez de ese artículo.
Sólo es un paso más pero resulta significativo. El menor no puede ni votar, pero sí ejercer como 'trans' a todos los efectos.