La Audiencia Nacional ha ratificado la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo (TJUE). Se lo resumo: los accionistas del Banco Popular no cobrarán ni un céntimo por sus acciones.

Vamos con el recorrido jurídico y político, es decir, con la clave del macro fraude o expolio. Las sentencias del TJUE nunca han entrado en el fondo de si el Banco Popular valía más o menos o si estaba peor o mejor. Se supone que valía en bolsa más de 1.300 millones de euros pero esto no importaba a Elke Konig, al frente de la Junta de Resolución (JUR) dependiente de la Comisión Europea.  

Lo que ha dicho el TJUE es que se cumplió el procedimiento, por el que el Santander no es responsable, dado que le vendieron un banco resuelto por la JUR... insisto, por un euro. En segunda instancia, el tribunal europeo asegura que no cabe demandar ni al Santander ni a los directivos del Popular por la resolución porque de lo contrario se pondría en cuestión el proceso de resolución en sí mismo.

Un razonamiento profundo, circular: si el individuo está muerto de nada sirve investigar si el tratamiento médico fue el adecuado, porque el tratamiento se lo administró la JUR, que es la Unión Europea, al igual, por ejemplo, que el propio TJUE.

Este argumento estúpido es el que posibilitó que a los accionistas del Popular no se les diera la menor oportunidad para participar en el procedimiento.

Por cierto, se utilizó una valoración de Deloitte que no estaba prevista para un banco en funcionamiento y a los demandantes ante la JUR se les impidió el acceso al procedimiento de resolución para proteger “la estabilidad financiera”.... ¡toma ya! Porque claro: si el Popular estaba quebrado ¿por qué a sus accionistas no se les permite comprobar la veracidad de esa quiebra? 

Algún mal pensado incluso podría preguntar si es que el banco en apuros no era el adquiriente, el Santander que, con cargo al patrimonio del adquirido, realizó de inmediato una gigantesca ampliación de capital de 7.000 millones de euros. 

¿El Popular estaba bien o estaba mal? Pues según los peritos del Banco de España designados por el propio juez instructor, el enterrador José Luis Calama, concluyeron que el patrimonio neto del Popular superaba los 10.700 millones de euros en el momento de la intervención. Era por tanto, viable, solvente y, además, rentable. Sí, rentable, porque dicen los peritos del instructor, que el Popular tenía una capacidad de generar un beneficio recurrente ordinario superior a 1.150 millones de euros anuales.

Todo parece indicar que en este curioso proceso jurídico, el Tribunal Europeo con sede en Luxemburgo protege, no a los propietarios expoliados, sino a la europea JUR con sede en Bruselas: son de los nuestros. 

Sí, parece como si el TJUE protegiese a la JUR y, por extensión, al Santander, homologando un proceso de resolución plagado de irregularidades. La ley franquista de expropiación forzosa era más garantista que el proceso europeo de resolución. 

Hasta aquí los accionistas, que para el TJUE y para la Audiencia Nacional, deben perder todo su dinero sin justificación alguna.

Respecto a los bonistas, el asunto todavía es mejor: se les aplicó el mismo criterio que a los accionistas, porque como eran bonos eventualmente convertibles en acciones (Coco’s)... se convirtieron en acciones por el proceso de resolución, ergo, tampoco valen un céntimo de euro.

Ahora bien, todo este expolio no hubiera sido posible sin el último presidente del Banco Popular, Emilio Saracho, quien se encargó de forzar la intervención a costa de desprestigiar a su propia entidad, hasta el punto de filtrar a la prensa una inexistente crisis de liquidez. Un personaje que cobró 41.000 euros diarios por sus cuatro meses de trabajo para hundir el banco y que curiosamente ha sido exonerado por el simpar juez Calama, de cualquier responsabilidad penal.