El Vaticano reafirmó el lunes la enseñanza católica que indica que los sacerdotes no pueden revelar lo que conocen a través de la confesión, en aparente respuesta a iniciativas en Australia y otros países que buscan obligarlos a hacerlo en casos de abusos sexuales, publicó Infobae.

Un documento de la Penitenciaria Apostólica del Vaticano, que se ocupa de los asuntos relativos al sacramento de la confesión, indicó que ningún gobierno o ley puede obligar a los clérigos a violar el sello, "porque este cometido procede directamente de Dios", al tiempo que se quejó del "preocupante prejuicio negativo contra la Iglesia Católica".

Los sistemas legales de la mayoría de países respetan el derecho religioso de un cura a no revelar lo que conoció durante la confesión, un mecanismo similar al privilegio abogado-cliente.

En Australia, una investigación sobre abusos infantiles recomendó la introducción de una ley que obligue a los líderes religiosos a reportar estos casos, incluidos los sacerdotes que haya conocido los hechos en confesión.

Hasta la fecha, dos de los ocho estados australianos han aprobado leyes que consideran un delito que un sacerdote se guarde información sobre abusos escuchada en confesión. Otros siguen evaluando su respuesta.

La nota recalca que “en la celebración del sacramento de la Reconciliación se encierra la esencia misma del cristianismo y de la Iglesia”

En mayo, el Senado estatal de California aprobó una ley que exige la violación del secreto de confesión si un cura conoce o sospecha de un abuso sexual en el transcurso de una confesión de un compañero religioso o de un trabajador de la Iglesia.

Los líderes eclesiásticos de Estados Unidos y Australia se opusieron a estas leyes y el documento del Vaticano los apoyó sin ambages. “Cualquier acción política o iniciativa legislativa que busque romper la inviolabilidad del sello sacramental constituiría una ofensa inaceptable contra la (libertad de la Iglesia)”, indicó.

"(La Iglesia) no recibe su legitimidad de los Estados individuales, sino de Dios; esto (romper el sello) constituiría también una violación de la libertad religiosa, fundamental legalmente para todas las restantes libertades, incluida la de conciencia de los ciudadanos individuales, tanto penitentes como confesores", señaló.

La Penitenciaria Apostólica recuerda en el documento que el secreto inviolable de la confesión “proviene directamente del derecho divino revelado y está enraizado en la naturaleza misma del sacramento hasta el punto de no admitir ninguna excepción en la esfera eclesial, tampoco en el civil”, añade Religión en Libertad.

La nota recalca que “en la celebración del sacramento de la Reconciliación se encierra la esencia misma del cristianismo y de la Iglesia”.

Tras recordar que en la confesión el sacerdote actúa en la misma persona de Cristo se vuelve a recordar que “todo penitente que, humildemente, se dirige al sacerdote para confesar sus pecados, testimonia el gran misterio de la Encarnación y la misma esencia sobrenatural de la Iglesia y del sacerdocio ministerial”.

Es por esto mismo por lo que “la defensa del secreto sacramental por parte del confesor, si fuese necesario hasta derramar la sangre, representa no sólo un acto de lealtad hacia el penitente, sino mucho más: un necesario testimonio, un martirio, directamente vinculada con la unicidad y la universalidad salvífica de Cristo en la Iglesia”.

En su afán por aclarar estos conceptos, el cardenal Piacenza señala que “la defensa del secreto sacramental y la santidad de la confesión no se podrán constituir nunca en alguna forma de connivencia con el mal, al contrario, representan el único antídoto verdadero contra el mal que amenaza al hombre y al mundo entero”.

“Ante pecados que supongan un delito, no está permitido nunca poner al penitente, como condición para la absolución, la obligación de entregarse a la justicia civil, debido al principio natural, recogido en todo ordenamiento, según el nemo tenetur se detegere”, principio jurídico según el cual nadie está obligado a reconocer su culpabilidad, afirma la nota.

Pero a su vez recalca que “pertenece a la naturaleza del sacramento de la Reconciliación, como condición para su validez, el sincero arrepentimiento, junto al firme propósito de enmendarse y de no reiterar el mal cometido”.