Se aplicará en España y otros diez países, y se han introducido mecanismos para que su aplicación no benefice a los mercados financieros, libres del Impuesto sobre las Transacciones Financieras (ITF), como la City londinense

"Hemos propuesto una tasa que es, sin duda alguna, justa, técnicamente sólida y legalmente robusta. Es una tasa que fortalecerá nuestro mercado único y moderará la negociación irresponsable", ha manifestado este jueves el comisario europeo de Fiscalidad, Algirdas Semeta, al presentar en rueda de prensa el Impuesto sobre Transacciones Financieras que implantarán once países de la Unión.

El gravamen que afectará a todas las transacciones e intrumentos financieros entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2014 en Francia, Alemania, Bélgica, Austria, Eslovenia, Portugal, Grecia, Eslovaquia, Italia, España y Estonia permitirá una recaudación de entre 30.000 y 35.000 millones de euros al año, y tendrá que ser aprobada por unanimidad por los 11 países.

Los 27 Estados miembros pueden participar en los debates sobre esta propuesta. Sin embargo, solo los Estados miembros participantes en la cooperación reforzada tendrán derecho de voto. También se consultará al Parlamento Europeo.

La propuesta es gravar con un  0,1% las transacciones con acciones y bonos, y con un 0,01% las operaciones con derivados. Se excluyen las actividades financieras cotidianas como son los contratos de seguros, hipotecas y préstamos a empresas, transacciones con tarjetas de crédito, servicios de pagos, depósitos y operaciones de divisas al contado, entre otras.

La propuesta también excluye las actividades de refinanciación, la política monetaria y la gestión de la deuda pública. De hecho, quedarán exentas del impuesto las transacciones con los bancos centrales y el BCE, con la Facilidad Europea de Estabilización Financiera y el Mecanismo Europeo de Estabilidad y con la Unión Europea.

Con el fin de evitar que la tasa perjudique a los países en los que se implanta y beneficie a mercados como el de Londres se ha establecido el 'principio de residencia', es decir, que se pagará la tasa siempre que alguna parte de la transacción esté establecida en uno de los once países miembros participantes, con independencia de dónde tiene lugar la operación en el mundo. También se crea el "principio de emisión" de los instrumentos financieros. Cuando estos se emiten en algunos de los once estados donde rige la tasa, ésta será aplicada, con independencia de que las partes que negocien con los instrumentos financieros se encuentren en otros países.

Mariano Tomás
mariano@hispanidad.com