Todos los años se publica el 'clásico' de la lista de los VIPs morosos con Hacienda, lista esperada por los ciudadanos que este año puede ser que no se publique. En todo caso será restringida, y es que el Tribunal Supremo ha limitado la publicación de nombres de morosos con deudas ya firmes y confirmadas. 

Es la primera vez que el Alto Tribunal se pronuncia sobre estas 'listas negras' por lo que sienta jurisprudencia en la materia. Aunque desde el ministerio piden tiempo para tener claro el fallo y conocer qué implica. Y es que cuando una persona, física o jurídica, recibe la notificación de una deuda tributaria tiene un periodo de pago voluntario, si no se paga se entra en otra fase, el periodo ejecutivo, en el que Hacienda puede cobrar la deuda de manera forzosa, embargar bienes o cuentas bancarias. Pero durante este proceso durante el que el deudor puede estar ejerciendo sus derechos y reclamar esa deuda, en el listado ya aparecería como moroso pero, tras el fallo del Supremo, durante el tiempo en el que el afectado esté recurriendo no podrá aparecer en la lista, aunque no haya pagado la deuda. 

Lo que defiende el Supremo en este fallo es que hasta que el contribuyente no agote todos los recursos y vías disponibles para esclarecer la deuda, no podrá ser incluido en el listado. Esta es la forma en la que el Alto Tribunal consigue ajustarse a la Constitución y al derecho de honor y a la intimidad. Porque ¿qué pasa si el afectado aparece en el listado, pero luego gana el recurso y no tiene que pagar?

Para llegar a esta conclusión el Alto Tribunal ha analizado cuatro casos, dos que están asociados a presuntas deudas de organismos públicos, y otros dos que están vinculados con dos empresarios que recurrieron ante Hacienda por aparecer en la lista en el 2018. Recordemos que las listas fueron ideadas por el ex ministro Cristóbal Montoro en 2015, la actual Ministra de Hacienda, María Jesús Montero, no solo las continuó sino que rebajó de un millón a 600.000 euros el importe necesario para aparecer en dicho listado.