Como recogió Hispanidad, el Tribunal Constitucional (TC), después de 13 años, desestimó el pasado 9 de febrero por mayoría -siete votos frente a cuatro- el recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP contra la Ley del aborto de 2010, conocida como Ley Aído y aprobada durante el Gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero

Además, el TC lo hizo tras rechazar las recusaciones a cuatro magistrados del TC  --Cándido Conde-Pumpido, Juan Carlos Campo, Inmaculada Montalbán y Concepción Espejel-- que habían presentado cinco ex diputados del PP.

Estos cinco diputados del PP aducían, por ejemplo, que Conde-Pumpido era el fiscal general del Estado cuando el Consejo Fiscal que presidía informó el anteproyecto de ley, Montalbán y Espejel eran vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que informó igualmente el borrador y Campo era secretario de Estado de Justicia durante los años 2009 a 2011. Es más, Espejel solicitó apartarse voluntariamente pero el Pleno rechazó su abstención porque consideran que el criterio expresado en el informe del CGPJ no llegó a elevarse a Moncloa y fue "hace más de 12 años": 

Pero según informó el Tribunal Constitucional, el Pleno entendió que estos cinco exdiputados carecían de legitimación a título particular y en su propio nombre para solicitar la recusación. 

Pues bien: según informa Religión en Libertad, más de 130 entidades provida españolas —agrupadas en la Asamblea de Asociaciones por la Vida y la Dignidad— han denunciado ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo al TC español por avalar el aborto después de que algunos miembros del Tribunal no se abstuviesen a pesar de haber expresado previamente opiniones favorables a la ley del aborto y a pesar de las advertencias presentadas en su contra.

La queja fue presentada el pasado 7 de octubre ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, y entre sus firmantes se encuentran entidades como One of Us, el Foro de la Familia, ACdP o la Asociación Neos.

Religión en Libertad recuerda que el principio de imparcialidad se encuentra establecido en el artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE y en los artículos 24, 103.3 y 117 de la Constitución Española.

Además, la legislación española también ampara el derecho a recusar a un juez si se perciben indicios de imparcialidad. En concreto, para lograr que ese derecho a un juez imparcial sea realmente efectivo, el ordenamiento jurídico prevé la existencia de los procedimientos de abstención y recusación con el fin de que el juez o magistrado en quien concurra alguna de las causas establecidas legalmente se abstendrá del conocimiento del asunto sin esperar a que se le recuse (artículo 217 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial), recuerda Confilegal

Benigno Blanco, y ex presidente del Foro de la Familia, criticó que se ha privado al país de "contar con jueces imparciales para decidir sobre un derecho fundamental: el derecho a la vida

En junio de 2023 se anunció que se presentaría esta queja en una rueda de prensa, en la que estuvieron presentes diferentes líderes provida, abogados y ex políticos. "En la sentencia del 2023 hay cuatro jueces claramente marcados por su falta de Imparcialidad que han dictado una sentencia manchada por su parcialidad (...). La defensa de la vida frente al aborto no es patrimonio de los católicos. El 'no matarás' es para todas las personas", dijo el exmagistrado y exvicepresidente del Tribunal Constitucional Ramón Rodríguez Arribas.

Mientras que el jurista Benigno Blanco, y ex presidente del Foro de la Familia, criticó que se ha privado al país de "contar con jueces imparciales para decidir sobre un derecho fundamental: el derecho a la vida. Hagamos cada uno que en nuestro entorno crezca el compromiso de la vida, el valor de la maternidad y la vida del niño no nacido”. 

Está por ver el recorrido que pueda tener esta queja ante el Parlamento europeo. Pero por lo menos se ejerce el derecho al pataleo contra la parcialidad de Cándido Conde-Pumpido y compañía.