El Palacio de La Moncloa y la prisión de Soto del Real
Llevamos días, “bla, bla, bla,…” que si el Rey puede o no proponer a Sánchez para la investidura; y Sánchez no habla de la amnistía.
El Rey, según la Constitución, no está obligado a proponer a la persona que después de las elecciones, y ganarlas, el partido le proponga, si considera que no es la persona adecuada para ser el presidente del Gobierno de España, que debe ser el de todos los españoles. Ni progresista, ni conservador. Es también el gobierno del Rey, uno de los tres poderes del Reino de España.
Puede proponer a persona del segundo partido, que no ganó las elecciones; más no tiene por qué ser quien le proponga el partido, por las mismas razones que en el anterior caso.
O puede proponer a una persona del tercer o cuarto partido. O bien no nominar a nadie, e ir a nuevas elecciones, después de haber fallado la investidura lógica y puesto el reloj en marcha.
Las elecciones son legislativas no presidenciales, no me cansaré de repetirlo.
En definitiva, puede hacer su real gana, la mejor de las razones.
Es el momento en que el Rey reina, no gobierna, al ejercer una de las potestades que la Constitución le otorga. ¡Qué manía de ningunear al Rey! Los de izquierdas, por motivos evidentes y los de derechas por el mismo motivo, la ambición del Poder, y poder eludir responsabilidades. Lo quieren de florero.
El poder en España, en Francia, Italia, Estados Unidos… ¿Dónde reside desde tiempos inmemoriales en cualquier reino, nación o país? En el ejército.
Y Sánchez, Junqueras, Ortuzar, y demás compaña: ¿quién tiene el mando supremo de las fuerzas armadas? El Rey. Pues eso. Art. 62. h) Potestad del rey, sin interpretaciones.
¿Quién es símbolo y garante de la unidad de España y su permanencia?: el Rey. Pues eso. Art.56. 1
¿Quien ejerce el derecho de gracia y tiene prohibido firmar una ley, se llame, como se llame, que conceda indultos generales, sean totales o parciales en el tiempo o en las personas? el Rey. Pues eso. Art. 62. i)
En todos estos casos el Rey Reina, no Gobierna.
Si se les ocurre proponer una ley en el parlamento, que implica un atentado contra la unidad de España, contra la seguridad del Reino, y pervertir el régimen institucional consagrado en la Constitución, y presentársela al rey: el presidente en funciones del Gobierno, también Secretario general del partido que la ha propuesto, y aquellos colaboradores necesarios serían reos del Art. 102 de la Constitución.
Los 172 Diputados de la oposición del Congreso pueden plantearlo al Tribunal Supremo y en las Cortes generales tal como se contempla y ordena la Constitución.
Habría que hace una o varias reata de presos. La primera desde la Moncloa a Soto del Real.
Lo mejor para España, La Constitución y el Rey; es que nos quitemos de encima a un tal Sánchez. Más vale ponerse colorado una vez, que rojo más tarde. Muerto el perro se acabó la rabia.