Con la magistrada del Tribunal Constitucional, María Luisa Segoviano, llega el "enjuiciamiento con perspectiva de género". 

Recientemente, tal como recogía El Economista, Segoviano explicó que juzgar con perspectiva de género quiere decir, y solo puede querer decir, hacerlo sin discriminación alguna, tanto a la hora del fallo como en la exposición de los argumentos o en la elección del lenguaje y la narrativa. Prescindir de la perspectiva de género en la interpretación y aplicación de las leyes, puede conducir a incurrir en una auténtica discriminación respecto a la mujer -que no respecto al hombre- a la que se está aplicando la norma. Juzgar con perspectiva de género conlleva el compromiso de observar cada sentencia bajo una mirada general, macroscópica, que trate de repasar los argumentos por si se ha cometido alguna discriminación clara y, a la vez, reflexionar en profundidad, con mirada microscópica, por si se ha colado en nuestro discurso alguna fuente de desigualdad en la que participamos... sin darnos cuenta.

Es la misma jurista progresista que aseguró que la autodeterminación era un concepto a analizar.