Sr. Director:

A pesar de las advertencias del Dicasterio para la Doctrina de la Fe y de la carta remitida por el Santo Padre León al superior general de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, dos obispos de esta Fraternidad consagraron sin mandato pontificio, es decir, sin el necesario permiso del Papa a cuatro obispos pertenecientes a la misma Fraternidad.

De este modo, estos seis obispos han caído en cisma, que conlleva la pena canónica de excomunión latae sententiae para estos seis obispos. Así se pronunció el Dicasterio para la Doctrina de la Fe el día siguiente a la ceremonia de consagraciones episcopales, el 2 de julio. Además, el citado Dicasterio amonesta a los clérigos y a los fieles laicos a no adherirse al cisma de la Fraternidad, pues incurrirían ipso facto en la pena de excomunión latae sententiae.

Tanto el obispo español Alfonso de Galarreta, como el suizo Bernard Fellay, ejecutores de las consagraciones episcopales sin mandato pontificio y contra la voluntad del Romano Pontífice, realizaron un acto de naturaleza cismática.

El canon 1387 del CIC señala que es excomulgado el obispo que consagra a un sacerdote como obispo sin mandato pontificio, así como quien recibe dicha consagración. Y el canon 1364 dispone que el apóstata, el hereje o cismático incurre en excomunión latae sententiae. El cisma implica el rechazo de la autoridad del Romano Pontífice o la ruptura de la comunión con la Iglesia Católica. La pena se produce de manera automática desde el momento en que se comete el delito canónico.

Además, los fieles y ministros que se adhieran formalmente a la Fraternidad en las condiciones definidas por la Nota explicativa del Pontificio Consejo para los textos legislativos de 1996, también deben ser considerados cismáticos y, en consecuencia, excomulgados. Aunque los sacerdotes de la Fraternidad están suspendidos, el Papa Francisco les concedió facultades para confesar y asistir matrimonios. Ahora estas facultades han quedado invalidadas. Los ministros de la Fraternidad administran los sacramentos de manera ilícita y tanto las absoluciones impartidas por sus sacerdotes como los matrimonios celebrados con su asistencia carecen de validez canónica, es decir, son inválidos e ilícitos.

El Santo Padre León XIV se ha mostrado partidario de recibir con sincero afecto y viva preocupación pastoral a quienes deseen regresar a la plena comunión con la Santa Iglesia Católica, e indica también que los Nuncios Apostólicos facilitarán los procedimientos que los Ordinarios podrán aplicar en cada caso.

A todos los miembros de la Iglesia Católica se nos exhorta a permanecer en comunión plena con el Romano Pontífice y a abstenernos de participar en celebraciones o actividades promovidas por la Fraternidad Sacerdotal San Pío X.

Algún cardenal ha manifestado su preocupación por esta situación y ha pedido al Papa y a los demás señores cardenales que se establezca una Prelatura Personal (o semejante) para los fieles y ministros que prefieran celebrar la Santa Misa según el Misal de 1962.

Escribió San Agustín en el siglo V: "En las cosas dudosas, libertad; en las necesarias, unidad; y en todo caridad"

Debemos orar y trabajar todo lo posible a fin de que la Santa Iglesia de Dios se mantenga en la unidad de la fe, de la caridad y de la esperanza, bajo el cayado del Papa de Roma, que hoy es León XIV.