Sr. Director:

La sentencia dictaminó la autorización del juez para realizar el aborto a esta mujer asturiana de 27 años de más de 6 meses de embarazo, cuyos padres buscan obstinadamente su aborto. Mujeres que han pasado por el trauma de la interrupción voluntaria del embarazo piden al Sr. Fiscal que recurra la sentencia porque el feto ya es viable y el aborto es mucho más traumático que una cesárea o un parto.

El aborto autorizado ayer en Avilés está fuera de todos los supuestos, ya que los forenses han desaconsejado el parto por una posible afectación psicológica.

Numerosas mujeres y sus parejas que acuden a recibir ayuda a esta asociación y a denunciar la falta de apoyo social reclaman ayuda eficaz para esta mujer deficiente y que no pase ella y su familia por el trance y el trauma del aborto. Su hijo y ella tienen el derecho a la vida. El aborto es algo muy violento para toda mujer, sea ésta deficiente o no. Al conocer hoy la sentencia que va a acabar con la vida de ese ser humano han pedido que se emita este comunicado en el que suplican al Sr. Fiscal que recurra la sentencia y se ofrecen para acoger a ese niño y privar del trauma del aborto a toda esa familia. Además, han enviado un fax a la Fiscalía de Avilés (985 127 862).

Carmina García-Valdés, Presidenta de AVA, señala que esta mujer tiene derecho a que se cuide su salud física y psíquica, más aún si es deficiente y está incapacitada legalmente. El aborto es muy negativo para la salud de cualquier mujer, y en este caso, también podría repercutir negativamente a la larga sobre los padres y allegados que hayan presionado para que se haga.

En la Web de la Mujer se explica que el cuadro psiquiátrico del síndrome post-aborto afecta fundamentalmente a las mujeres que han abortado, pero también se verifica (en distintos grados) en todos los demás que han intervenido en el hecho : el padre de la criatura, los médicos, también los que hayan forzado al aborto.

La legislación existente en España obliga a dar alternativas sociales y reales a esta intervención e información exhaustiva previa a la misma sobre todos sus efectos secundarios (RD 2409/1986 y Ley 41/2002). En este caso, las alternativas sociales de adopción y acogimiento posterior de este feto de más de 6 meses deberían ser aún mayores, dado que ya es viable fuera del seno materno y no está demostrado que sea deficiente o esté malformado.

Asociación Víctimas del Aborto (AVA)

www.vozvictimas.org