Se vendió a bombo y platillo, aunque como ya hemos informado, sólo beneficiará a las pymes que inician su actividad o a las que se encuentran inmersas en fuertes procesos de inversión. Pues bien, no sólo eso, sino que aquellas empresas que quieran acogerse a la devolución anticipada del IVA deberán informar que están al corriente de sus obligaciones fiscales antes del 30 de enero.
Pero aquí no acaba la cosa. Además, estarán sometidos a una obligación formal añadida. Y es que tendrán que realizar una declaración informativa telemática por razones de control, señalaba en la mañana de este lunes el director general de Tributos, Jesús Gascón, en unas jornadas organizadas por la APD. La razón del control es que en muchos casos se trata de empresas sin historial en Hacienda. O sea, compañías de nueva creación. Y en estos casos, apunta Garcón, lo habríamos hecho igual de manera individualizada; así que lo único que hacemos es adelantarnos a lo que de todos modos habríamos hecho. Conclusión: si quieres recibir anticipadamente el IVA eres sospechoso. Y por lo tanto: obligaciones formales al canto. Por razones de control.
Por otra parte, Gascón ha justificado que no se actualizara la tarifa ni los mínimos vitales porque la paga de los 400 euros ha tenido un impacto muy superior al que habría tenido la deflactación de la tarifa: 5.300 millones de euros de la 'paga' de Zapatero frente a los 900 euros de no producida deflactación.
Además, Gascón ha sacado pecho por los 61.000 millones de euros de beneficios fiscales contemplados en los presupuestos en términos de deducciones, tipos reducidos, etc. Suponen un tercio del potencial de recaudación. A futuro, el Gobierno estudia algún tipo de beneficios fiscales para los 'business angels'. En cartera también se encuentra la tramitación parlamentaria de la Ley que regula las sociedades cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario.