Sr. Director:
EPIQUEYA. El Diccionario de la RAE, define la epiqueya como: "f. Interpretación moderada y prudente de la ley, según las circunstancias de tiempo, lugar y persona".
EPIQUEYA. El Diccionario de la RAE, define la epiqueya como: "f. Interpretación moderada y prudente de la ley, según las circunstancias de tiempo, lugar y persona".
Mis estudios terminaron en el Graduado Escolar, o sea, no tengo idea de Leyes, de Derecho, ni de Magistraturas.
Sin embargo, creo que estoy entre los muchos millones de españoles que -con estudios o sin ellos- consideramos que el Tribunal de Estrasburgo se ha limitado a aplicar en el caso "Parot" la "letra" de la Ley, y no su "espíritu", premiando a los delincuentes y condenando a los inocentes.
Si la interpretación de las Leyes se limita a aplicar la letra de las mismas, me pregunto -y supongo que muchos también- ¿qué falta hacen tantas togas; sería más práctico contar con un buen cuerpo de Gramáticos o Filólogos.
Amparo Tos Boix